Una cosa es que Kia o el concesionario actúe de mala fe, sin informar bien del anexo, intentando ocultaros la cláusula, no siendo transparentes con ella etc... En éste caso, sí que habría mala fe, y aunque la cláusula fuese legal (que lo es) podríais alegar que no se os informó correctamente, o que se os ocultó etc...y ahí quizás pueda tener recorrido una posible demanda. Pero lo veo harto difícil si el anexo o cláusula está firmada.
A lo que voy es que dicha cláusula es totalmente legal, dado que es "ajena" al contrato de financiación. Son dos contratos diferentes. Uno es con la financiera, con toda su cobertura legal en cuanto a cancelaciones anticipadas, etc..y otro es el anexo, que es otro contrato privado entre Kia y el comprador del coche, en la que acepta un descuento adicional sobre el coche, sujeto a mantener X meses una financiación.
Son dos sujetos mercantiles diferentes.
De hecho, uno puede perfectamente adquirir un Kia, sin el descuento adicional, y financiarlo igualmente con dicha financiera, manteniendo las mismas garantías legales en cuanto a cancelaciones anticipadas etc, ...pero sin la cláusula adicional, que es ajena a dicha financiación.
El descuento que te ofrece la marca, lo hace porque lo recuperan con la financiación a X meses con la financiera. Ellos te descuentan 2.000 euros...y luego la financiera le paga esos 2.000 euros a la marca porque los gana vía intereses. Si cancelas la financiación...la financiera NO paga esos 2000 a la marca, y Kia "pierde" dinero...por lo que entonces el descuento no tendría sentido sin la cláusula privada de cancelación anticipada.
En resumen, que es totalmente legal.