Grabaciones parking

Iñigo91

Forero Activo
Ubicación
Guipuzcoa
Vehículo/s
Kia ceed Tourer 1.5 mhev gt line
Pues bueno.. queria preguntaros por si hay alguien que sabe un poco del tema.

Empece las vacaciones dpm por que me han rayado todo el parachoques y faro delantero en el parking del hotel, en el hotel me dicen que no pueden facilitarme las grabaciones evidentemente, que solo la policía puede, eso paso el lunes, y hasta hoy no me han dado cita en la guardia civil para poder denunciar y que vayan ellos a ver las grabaciones o lo que sea.

Poniendo hoy la denuncia sabéis en cuanto tiempo se persona la guardia civil para visualizar las imágenes? El coche en verdad no tiene mucha cosa, pero hara falta pintar todo el parachoques, me han roto el embellecedor negro del parachoques tambien…

He dado parte en el seguro pero me jode tener que pagar yo la franquicia cuando yo no le hecho nada al coche, espero que la guardia civil se de prisa en visualizar las imágenes y se vea al hijo de…por que encima habiendo cámaras podía haber avisado al menos….

La pregunta básicamente es esa, si sabéis cuanto tardan en personarse.

También he de decir que eso paso de domingo a lunes, y cuando coji el lunes el coche no me di cuenta y al llegar al nuevo destino es cuando vi lo que había pasado, había una cámara justo al lado así que tengo la esperanza de que se vea perfectamente el golpe, pero yo la denuncia la pongo en otra localidad, pero tendrán que trasladar la denuncia a la comisaria de allí y ellos ya hacer lo que tengan que hacer..que faena…
 
También se el color del vehículo que estaba aparcado al lado y creo que el modelo también, aunque no estoy del todo seguro.
 
Pues bueno.. queria preguntaros por si hay alguien que sabe un poco del tema.

Empece las vacaciones dpm por que me han rayado todo el parachoques y faro delantero en el parking del hotel, en el hotel me dicen que no pueden facilitarme las grabaciones evidentemente, que solo la policía puede, eso paso el lunes, y hasta hoy no me han dado cita en la guardia civil para poder denunciar y que vayan ellos a ver las grabaciones o lo que sea.

Poniendo hoy la denuncia sabéis en cuanto tiempo se persona la guardia civil para visualizar las imágenes? El coche en verdad no tiene mucha cosa, pero hara falta pintar todo el parachoques, me han roto el embellecedor negro del parachoques tambien…

He dado parte en el seguro pero me jode tener que pagar yo la franquicia cuando yo no le hecho nada al coche, espero que la guardia civil se de prisa en visualizar las imágenes y se vea al hijo de…por que encima habiendo cámaras podía haber avisado al menos….

La pregunta básicamente es esa, si sabéis cuanto tardan en personarse.

También he de decir que eso paso de domingo a lunes, y cuando coji el lunes el coche no me di cuenta y al llegar al nuevo destino es cuando vi lo que había pasado, había una cámara justo al lado así que tengo la esperanza de que se vea perfectamente el golpe, pero yo la denuncia la pongo en otra localidad, pero tendrán que trasladar la denuncia a la comisaria de allí y ellos ya hacer lo que tengan que hacer..que faena…

Quiénes podrán solicitar las grabaciones de cámaras de seguridad?

  • Personal de Cuerpos Policiales y de Seguridad Pública. Están plenamente autorizados para solicitar las grabaciones de las cámaras de seguridad, como parte de la investigación de un hecho delictivo, siempre y cuando hayan denuncias sobre el caso.
  • Persona afectada. La víctima de un robo, atraco o cualquier hecho delictivo tiene derecho a solicitar las grabaciones de cámaras de seguridad de una empresa o establecimiento privado, siempre y cuando aparezca en la videograbación y sea parte de prueba de un proceso judicial o caso de investigación vigente.
Si se trata de un hecho ocurrido en una vía pública, solo los funcionarios y personas de seguridad del ente público son quienes pueden solicitar las grabaciones de cámaras de seguridad.

Las grabaciones de cámaras de seguridad, además de brindar protección al hogar, empresa o cualquier otro lugar, son una prueba fiel de cualquier delito o hecho mal intencional causado por un trabajador o persona extraña.

Sin embargo, puede ver las grabaciones de las cámaras de seguridad son las personas previamente autorizadas por la central de seguridad o propietario del inmueble, así como el personal de cuerpos policiales. En este último caso, siempre y cuando exista un proceso legal activo.
 
Eso ya he leído, la duda que tengo, que habiendo pasado casi una semana ya…que no entiendo como me dan cita previa casi una semana después pero bueno.

cuanto suelen tardar en ver las imágenes , por que me la estoy viendo venir de que cuando vayan ya no hay video.
 
las imágenes por ley solo se pueden guardar 30 días mas no...la sensación que yo tengo es que el establecimiento no ha querido darte información dado que ellos si están capacitados para ver las imágenes, contactar con el causante y notificarle que ha dado un golpe y que esta grabado eso hubiera bastado para hacer un parte
 
las imágenes por ley solo se pueden guardar 30 días mas no...la sensación que yo tengo es que el establecimiento no ha querido darte información dado que ellos si están capacitados para ver las imágenes, contactar con el causante y notificarle que ha dado un golpe y que esta grabado eso hubiera bastado para hacer un parte

Ya les dije, que yo no queria ni ver las imagenes, solamente que las vieran y que si veian algo que contactasen con el y ya esta pero bueno,

Ya he puesto la denuncia pero…me parece a mi que me la voy a comer, con las ganas que estaban poniendo no creo ni que vayan al establecimiento a visionar las cámaras…ya veremos.
 
Más vale que te mentalices que te lo vas a comer con patatas. Con los marrones que tiene la policía y la guardia civil a esto le presentan cero atención
 
A mi en una ocasión uno me dió un golpe. Se marchó sin detenerse pero localicé el coche y puse denuncia en la pol. local y esta respondió porque para eso están.

De momento has hecho lo que debías que es poner la denuncia y comunicarlo al seguro. Después toca esperar y esto depende ya de cómo estén organizados, vamos que es un tema interno que te puede tardar 1 o 2 meses, que ni lo sé. Creo recordar que al ser poca cosa esperé y no quise adelantar nada porque iba con un Terceros y cuando me llamó la pol. local aceptando el otro coche la responasbilidad ya pasé los datos al seguro y lo reparé.

Ahora, tampoco estaría de más que enviaras un mail al hotel y ellos a la empresa de seguridad que se encarga de las cámaras indicándoles que has puesto la correspondiente denuncia y que se está a la espera de que vayan y que no borren nada de esa cinta de tal a tal hora que ocurrieron los hechos. Al menos te curas algo en salud. A lo mejor te adelantan algo de si se ve o no pero al final es la policía la que maneja el expediente y la que te tendría que avisar con el resultado.

Por lo demás, cuando las cosas no dependen de uno las desconfianzas son normales.
 
El seguro esta avisado, el hotel también, yo por mi parte mucho mas no puedo hacer, solo que a la policia no la vi muy por la labor de ni tan siquiera aparecer a ver las camaras….así que veremos
 
Tú realiza la denuncia y envíala al seguro. El problema viene que tardarán mucho en que el proceso sea revisado, pero en el momento que lo revisen y sea a tu favor, el seguro te devuelve el valor de la franquicia que tengas que pagar.
 
Tú realiza la denuncia y envíala al seguro. El problema viene que tardarán mucho en que el proceso sea revisado, pero en el momento que lo revisen y sea a tu favor, el seguro te devuelve el valor de la franquicia que tengas que pagar.

Si si la denuncia esta enviada al seguro, hotel avisado, seguro denuncia enviada y avisado, y ahora verlas venir, lo único eso…que me parece que la policía no tenia muchas ganas y es por lo que desconfio, pero vamos que se que habia una camara y enfocaba a un 80% adonde tenia yo el coche, si van a revisar las imagenes aparece seguro.

Les di color de coche y que modelo no estaba seguro pero les di uno también, veremos como acaba todo.

Digo que no les vi con muchas ganas por que me dijeron que sin matricula y demás que estaba complicado y les dije que coño, que por eso denunciaba por que había cámaras y lo iban a ver…entonces veremos…

Lo que mas me jode que el sujet@ en cuestión no avisase, y ahira tener que hacerme cargo yo de una franquicia un dinero que no pensaba gastar, y eso y que me ha rallado las vacaciones jeje pero bueno… a ver como acaba todo.
 
Tú realiza la denuncia y envíala al seguro. El problema viene que tardarán mucho en que el proceso sea revisado, pero en el momento que lo revisen y sea a tu favor, el seguro te devuelve el valor de la franquicia que tengas que pagar.
Que te devuelven la franquicia? Por qué motivo? La denuncia en caso de que no pillen al contrario para lo único que sirve es para "obligar" a tu compañía de seguro a reconocer todos los daños denunciados como dentro de un único siniestro, lo cual es bueno porque no te obligan a dar varios partes para reparar diferentes zonas del vehículo, pero en este caso si no me equivoco los desperfectos están todos localizados en un mismo punto, con lo que te da igual la denuncia si no pillan al otro y le obligan a pagar.

Hace unos años me hicieron un Picasso con una llave en el coche entero, capó, lateral izquierdo de atrás alante, y si no hubiera sido por la denuncia habría tenido que pagar 3 franquicias, pero como la denuncia no cazo al majete que me lo hizo, el siniestro me lo comí con patatitas.

En este caso le pueden salvar las cámaras, pero no pondría muchas esperanzas en ello, primero porque espera que las cámaras no sean de pega (cosas peores se han visto), segundo que estuvieran funcionando en el momento del siniestro, tercero que no hayan borrado las grabaciones cuando las vaya a consultar alguien, y por último que aunque hayan grabado algo la resolución de ese tipo de cámaras en muchas ocasiones deja mucho que desear y a veces reconocer algo ahí es imposible.

Saludos
 
Que te devuelven la franquicia? Por qué motivo? La denuncia en caso de que no pillen al contrario para lo único que sirve es para "obligar" a tu compañía de seguro a reconocer todos los daños denunciados como dentro de un único siniestro, lo cual es bueno porque no te obligan a dar varios partes para reparar diferentes zonas del vehículo, pero en este caso si no me equivoco los desperfectos están todos localizados en un mismo punto, con lo que te da igual la denuncia si no pillan al otro y le obligan a pagar.
Creo que no me has entendido bien (o no me expresé con más palabras), comento, que si tras todo el proceso sale a su favor, o sea, que ven las cámaras e identifican al contrario, la aseguradora devuelve la franquicia.
 
las imágenes por ley solo se pueden guardar 30 días mas no...la sensación que yo tengo es que el establecimiento no ha querido darte información dado que ellos si están capacitados para ver las imágenes, contactar con el causante y notificarle que ha dado un golpe y que esta grabado eso hubiera bastado para hacer un parte
Buenos días,

Si, están capacitados si tienen el multiplexor grabador en sus instalaciones, pero no pueden dar ninguna información o imagen de lo que hay en las grabaciones.

Dar esa información a terceros sin autorización del Juzgado, seria incurrir en un delito.

Si quien registra las imágenes es una empresa de Seguridad Privada, el tema es mas complicado, aparte de la denuncia deben incurrir más factores, el Juzgado debe ordenar a la Policía personarse para mirar las imágenes o pedir les sean remitidas, a mas tiempo en realizar eso, menos posibilidades hay de que las imágenes estén grabadas.

Las grabaciones se borran a los 30 días, si los hechos ocurrieron, por ejemplo, el día 10 de agosto, a fecha de hoy, tienen 28 días para ver las imágenes, cada día que pasa va borrando el mas antiguo de esos 30 días.
 
Buenos días,

Si, están capacitados si tienen el multiplexor grabador en sus instalaciones, pero no pueden dar ninguna información o imagen de lo que hay en las grabaciones.

Dar esa información a terceros sin autorización del Juzgado, seria incurrir en un delito.

Si quien registra las imágenes es una empresa de Seguridad Privada, el tema es mas complicado, aparte de la denuncia deben incurrir más factores, el Juzgado debe ordenar a la Policía personarse para mirar las imágenes o pedir les sean remitidas, a mas tiempo en realizar eso, menos posibilidades hay de que las imágenes estén grabadas.

Las grabaciones se borran a los 30 días, si los hechos ocurrieron, por ejemplo, el día 10 de agosto, a fecha de hoy, tienen 28 días para ver las imágenes, cada día que pasa va borrando el mas antiguo de esos 30 días.


lee bien lo que escribí.......están capacitados para ver las imágenes, contactar con el causante y notificarle que ha dado un golpe y que esta grabado eso hubiera bastado para hacer un parte

todo lo demás es pura panacea...lo mismo que el populacho cuando se dedica a grabar todo lo que se menea y lo cuelga en la red........
 
lee bien lo que escribí.......están capacitados para ver las imágenes, contactar con el causante y notificarle que ha dado un golpe y que esta grabado eso hubiera bastado para hacer un parte

todo lo demás es pura panacea...lo mismo que el populacho cuando se dedica a grabar todo lo que se menea y lo cuelga en la red........
Error mio.

Rectifico respuesta y te mando mis disculpas. Tarraco.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en informes publicados como el Informe 2016/278, de 23 de diciembre de 2016, admite la cesión de las imágenes captadas por el sistema de videovigilancia de un aparcamiento para poder identificar al causante de unos daños para poder formular una denuncia o reclamación, siendo un derecho el obtener las imágenes de un aparcamiento.

Pero la AEPD, en una reciente Resolución ha ido más allá y ha aceptado que el usuario tiene derecho a pedir las imágenes de las cámaras de videovigilancia de un aparcamiento para cerciorarse de que su vehículo, que había estado aparcado dos horas en el lugar, no había sufrido ningún daño, Y para, en caso contrario, poder así identificar al causante para reclamarle los daños.

La justificación legal de la obligación de ceder las imágenes lo basa la AEPD en el hecho de que ante un conflicto de derechos – derecho a la protección de datos del artículo 18 de la CE, y el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho de defensa del artículo 24 CE- debe ponderarse el respeto de los derechos en base a los principios de proporcionalidad.

Entiende la Autoridad Estatal que en estos casos debe ceder el derecho a la protección de datos en favor del derecho a la tutela judicial efectiva que implica el derecho a obtener las pruebas necesarias para formular una demanda judicial o una denuncia penal.

En definitiva, que el responsable del tratamiento, la empresa gestora del aparcamiento debe ceder las imágenes estrictamente necesarias para poder identificar al causante de los daños o de la persona que haya cometido el delito o infracción.

Datos personales: La matrícula​

La Agencia parte del hecho de que la matrícula de un vehículo es un dato personal y pedir las imágenes de las cámaras de vigilancia de un aparcamiento para cerciorarse de que el vehículo no ha sufrido daños mientras ha estado en las instalaciones forma parte del derecho de acceso.

Y por ello, la empresa que gestiona el aparcamiento ante el ejercicio del derecho de acceso por parte de un interesado deberá entregar dichas grabaciones, pero poniendo todas las medidas adecuadas para anonimizar los datos de otros usuarios que puedan aparecer en las imágenes.

Ejemplo de un caso real​

El usuario, cuya reclamación motiva esta resolución, solicitó a la empresa que gestionaba el recinto, en el que había aparcado su coche durante dos horas, “todas las imágenes o vídeos grabados por medio de cámaras de videovigilancia en las instalaciones”.

Su intención era poder comprobar el estado del coche a la salida y entrada del aparcamiento al objeto de determinar si, durante el tiempo en el que estuvo aparcado el vehículo, sufrió algún daño en el lado izquierdo y poder así identificar al causante mediante la pertinente denuncia”.

La Agencia no estimó las alegaciones de la empresa para negarse a entregar las imágenes, y que se basaron en que no era posible “salvo requerimiento de un autoridad judicial o administrativa” puesto que se incluían datos de otros usuarios.

Y por otra parte alegaron que “habían revisado las imágenes disponibles y que no se puede ver en ellas el lugar en el que estaba aparcado el vehículo ni los posibles daños que pudieran haberse producido por el vehículo de algún otro usuario”.

Respuesta por parte de la empresa​

Ante el requerimiento de la Agencia, la empresa contestó que disponía de dos cámaras, una a la entrada y otra a la salida, que graban con un nivel bajo de resolución, y que las imágenes habían sido conservadas cautelarmente.

Una vez que la Agencia Española de Protección de Datos se dirige a la empresa, esta añade que cuenta con dos cámaras, una de entrada y otra de salida, que graban con un nivel muy bajo de resolución. La AEPD en su resolución afirma que lo anterior no acredita que la respuesta atienda el derecho de acceso a datos personales.

“No podemos negar que es cierto que en la contestación que se le da al reclamante no se incluyó toda la información que establece el artículo 15 del Reglamento de Protección de Datos”, pero es que la empresa sostiene que “no cuenta con datos de carácter personal almacenados del reclamante, porque en las imágenes no se ve nada”.

Conclusiones​

En esta línea, la AEPD, estima la reclamación y llama a la empresa a atender el derecho del cliente y facilitarle las imágenes que solicita o a negarle el derecho de acceso, pero de manera motivada.

Así, señala que “si el responsable considera que el acceso a dichas grabaciones puede afectar a las imágenes de terceros, se deberán adoptar las medidas necesarias para anonimizar los datos de estos, pudiendo incluso mandar extractos de imágenes para facilitar el acceso mediante un escrito certificado en el que, con la mayor precisión posible, se especifiquen los datos objeto de tratamiento”.

Y “aún en el supuesto de que no existan datos en los ficheros o incluso en aquellos supuestos en los que no reuniera los requisitos previstos, en cuyo caso el destinatario de dicha solicitud viene igualmente obligado a requerir la subsanación de las deficiencias observadas o a denegar la solicitud motivadamente indicando las causas por las que no procede considerar el derecho de que se trate”.

En resumen, la AEPD reconoce que en virtud del ejercicio del derecho de acceso el interesado tiene derecho de acceso a las imágenes.

Y que la empresa debe satisfacer plenamente este derecho, adoptando las medidas de anonimización necesarias si se vieran afectados los derechos de otras personas, y que en caso de que la petición pueda ser excesiva o que sea imposible satisfacer la petición del usuario tiene, en todo caso, la obligación de contestar de forma razonada a la petición formulada.
 
Pues bueno.. queria preguntaros por si hay alguien que sabe un poco del tema.

Empece las vacaciones dpm por que me han rayado todo el parachoques y faro delantero en el parking del hotel, en el hotel me dicen que no pueden facilitarme las grabaciones evidentemente, que solo la policía puede, eso paso el lunes, y hasta hoy no me han dado cita en la guardia civil para poder denunciar y que vayan ellos a ver las grabaciones o lo que sea.

Poniendo hoy la denuncia sabéis en cuanto tiempo se persona la guardia civil para visualizar las imágenes? El coche en verdad no tiene mucha cosa, pero hara falta pintar todo el parachoques, me han roto el embellecedor negro del parachoques tambien…

He dado parte en el seguro pero me jode tener que pagar yo la franquicia cuando yo no le hecho nada al coche, espero que la guardia civil se de prisa en visualizar las imágenes y se vea al hijo de…por que encima habiendo cámaras podía haber avisado al menos….

La pregunta básicamente es esa, si sabéis cuanto tardan en personarse.

También he de decir que eso paso de domingo a lunes, y cuando coji el lunes el coche no me di cuenta y al llegar al nuevo destino es cuando vi lo que había pasado, había una cámara justo al lado así que tengo la esperanza de que se vea perfectamente el golpe, pero yo la denuncia la pongo en otra localidad, pero tendrán que trasladar la denuncia a la comisaria de allí y ellos ya hacer lo que tengan que hacer..que faena…
Los del hotel seguramente saquen las grabaciones y se las entreguen a la guardia civil. Tan fácil como eso, da igual que tarden 1 día que 4 meses en personarse porque las grabaciones las deben tener.

Y luego si se ve que te ha provocado el daño, te dirán de pasar parte. Si dice que no ha sido él, le enviarán una carta la cual debe devolver firmada como que él no ha sido. Y si comete el error de firmarla a sabiendas de que es culpable, tu defensa jurídica denunciará a su seguro, aportando las grabaciones y te pagarán, y a ese señor le van a reclamar todos los gastos ocasionados, pagados de SU dinero, y además cabe la posibilidad de que le echen del seguro.

A mi me ha pasado exactamente eso. Y veremos si para la próxima lo vuelve a hacer ;)
 
Los del hotel seguramente saquen las grabaciones y se las entreguen a la guardia civil. Tan fácil como eso, da igual que tarden 1 día que 4 meses en personarse porque las grabaciones las deben tener.

Y luego si se ve que te ha provocado el daño, te dirán de pasar parte. Si dice que no ha sido él, le enviarán una carta la cual debe devolver firmada como que él no ha sido. Y si comete el error de firmarla a sabiendas de que es culpable, tu defensa jurídica denunciará a su seguro, aportando las grabaciones y te pagarán, y a ese señor le van a reclamar todos los gastos ocasionados, pagados de SU dinero, y además cabe la posibilidad de que le echen del seguro.

A mi me ha pasado exactamente eso. Y veremos si para la próxima lo vuelve a hacer ;)
No lo se…a mi no me dijeron nada pero mirando la denuncia pone que si en 72 horas no encuentran al culpable se acaba la película….luego llamare a ver como va la cosa y preguntare en el hotel a ver si se han personado ya….donde tenia el coche aparcado había una cámara, y estaba mi coche, el coche blanco y seguido había mobiliario del hotel ocupando unas cuantas plazas, y estoy seguro que la cámara enfocaba hacia el mobiliario por lo tanto se debería de ver.

Lo que si me da por pensar mal es que ya me dijeron que sin matricula, que si no se que..a ver si tenia todo riesgo….es que yo creo que no van ni a personarse, eso si, pone lo de las 72 horas y que si no encuentran no llevan el caso a no se que judicial pero que eso no quita que yo pueda reclamar o hacer algo… y no se, luego llamare a ver que me cuentan y al hotel y hablare con el seguro a ver que pasos puedo seguir, ya que el parte en si esta dado, solo falta ver si se encuentra al culpable o no.

A ver como acaba la película.
 
Los del hotel seguramente saquen las grabaciones y se las entreguen a la guardia civil. Tan fácil como eso, da igual que tarden 1 día que 4 meses en personarse porque las grabaciones las deben tener.

Y luego si se ve que te ha provocado el daño, te dirán de pasar parte. Si dice que no ha sido él, le enviarán una carta la cual debe devolver firmada como que él no ha sido. Y si comete el error de firmarla a sabiendas de que es culpable, tu defensa jurídica denunciará a su seguro, aportando las grabaciones y te pagarán, y a ese señor le van a reclamar todos los gastos ocasionados, pagados de SU dinero, y además cabe la posibilidad de que le echen del seguro.

A mi me ha pasado exactamente eso. Y veremos si para la próxima lo vuelve a hacer ;)

no.... solo se pueden guardar 30 días.....salvo que se sea una famoso que se lleva un par de lápiz de labios y se den cuenta entonces es otra cosa...aunque la broma de guardarlas le costo al establecimiento la pasta

Error mio.

Rectifico respuesta y te mando mis disculpas. Tarraco.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en informes publicados como el Informe 2016/278, de 23 de diciembre de 2016, admite la cesión de las imágenes captadas por el sistema de videovigilancia de un aparcamiento para poder identificar al causante de unos daños para poder formular una denuncia o reclamación, siendo un derecho el obtener las imágenes de un aparcamiento.

Pero la AEPD, en una reciente Resolución ha ido más allá y ha aceptado que el usuario tiene derecho a pedir las imágenes de las cámaras de videovigilancia de un aparcamiento para cerciorarse de que su vehículo, que había estado aparcado dos horas en el lugar, no había sufrido ningún daño, Y para, en caso contrario, poder así identificar al causante para reclamarle los daños.

La justificación legal de la obligación de ceder las imágenes lo basa la AEPD en el hecho de que ante un conflicto de derechos – derecho a la protección de datos del artículo 18 de la CE, y el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho de defensa del artículo 24 CE- debe ponderarse el respeto de los derechos en base a los principios de proporcionalidad.

Entiende la Autoridad Estatal que en estos casos debe ceder el derecho a la protección de datos en favor del derecho a la tutela judicial efectiva que implica el derecho a obtener las pruebas necesarias para formular una demanda judicial o una denuncia penal.

En definitiva, que el responsable del tratamiento, la empresa gestora del aparcamiento debe ceder las imágenes estrictamente necesarias para poder identificar al causante de los daños o de la persona que haya cometido el delito o infracción.

Datos personales: La matrícula​

La Agencia parte del hecho de que la matrícula de un vehículo es un dato personal y pedir las imágenes de las cámaras de vigilancia de un aparcamiento para cerciorarse de que el vehículo no ha sufrido daños mientras ha estado en las instalaciones forma parte del derecho de acceso.

Y por ello, la empresa que gestiona el aparcamiento ante el ejercicio del derecho de acceso por parte de un interesado deberá entregar dichas grabaciones, pero poniendo todas las medidas adecuadas para anonimizar los datos de otros usuarios que puedan aparecer en las imágenes.

Ejemplo de un caso real​

El usuario, cuya reclamación motiva esta resolución, solicitó a la empresa que gestionaba el recinto, en el que había aparcado su coche durante dos horas, “todas las imágenes o vídeos grabados por medio de cámaras de videovigilancia en las instalaciones”.

Su intención era poder comprobar el estado del coche a la salida y entrada del aparcamiento al objeto de determinar si, durante el tiempo en el que estuvo aparcado el vehículo, sufrió algún daño en el lado izquierdo y poder así identificar al causante mediante la pertinente denuncia”.

La Agencia no estimó las alegaciones de la empresa para negarse a entregar las imágenes, y que se basaron en que no era posible “salvo requerimiento de un autoridad judicial o administrativa” puesto que se incluían datos de otros usuarios.

Y por otra parte alegaron que “habían revisado las imágenes disponibles y que no se puede ver en ellas el lugar en el que estaba aparcado el vehículo ni los posibles daños que pudieran haberse producido por el vehículo de algún otro usuario”.

Respuesta por parte de la empresa​

Ante el requerimiento de la Agencia, la empresa contestó que disponía de dos cámaras, una a la entrada y otra a la salida, que graban con un nivel bajo de resolución, y que las imágenes habían sido conservadas cautelarmente.

Una vez que la Agencia Española de Protección de Datos se dirige a la empresa, esta añade que cuenta con dos cámaras, una de entrada y otra de salida, que graban con un nivel muy bajo de resolución. La AEPD en su resolución afirma que lo anterior no acredita que la respuesta atienda el derecho de acceso a datos personales.

“No podemos negar que es cierto que en la contestación que se le da al reclamante no se incluyó toda la información que establece el artículo 15 del Reglamento de Protección de Datos”, pero es que la empresa sostiene que “no cuenta con datos de carácter personal almacenados del reclamante, porque en las imágenes no se ve nada”.

Conclusiones​

En esta línea, la AEPD, estima la reclamación y llama a la empresa a atender el derecho del cliente y facilitarle las imágenes que solicita o a negarle el derecho de acceso, pero de manera motivada.

Así, señala que “si el responsable considera que el acceso a dichas grabaciones puede afectar a las imágenes de terceros, se deberán adoptar las medidas necesarias para anonimizar los datos de estos, pudiendo incluso mandar extractos de imágenes para facilitar el acceso mediante un escrito certificado en el que, con la mayor precisión posible, se especifiquen los datos objeto de tratamiento”.

Y “aún en el supuesto de que no existan datos en los ficheros o incluso en aquellos supuestos en los que no reuniera los requisitos previstos, en cuyo caso el destinatario de dicha solicitud viene igualmente obligado a requerir la subsanación de las deficiencias observadas o a denegar la solicitud motivadamente indicando las causas por las que no procede considerar el derecho de que se trate”.

En resumen, la AEPD reconoce que en virtud del ejercicio del derecho de acceso el interesado tiene derecho de acceso a las imágenes.

Y que la empresa debe satisfacer plenamente este derecho, adoptando las medidas de anonimización necesarias si se vieran afectados los derechos de otras personas, y que en caso de que la petición pueda ser excesiva o que sea imposible satisfacer la petición del usuario tiene, en todo caso, la obligación de contestar de forma razonada a la petición formulada.

no pasa nada a veces se acierta con el comentario otras no.......

No lo se…a mi no me dijeron nada pero mirando la denuncia pone que si en 72 horas no encuentran al culpable se acaba la película….luego llamare a ver como va la cosa y preguntare en el hotel a ver si se han personado ya….donde tenia el coche aparcado había una cámara, y estaba mi coche, el coche blanco y seguido había mobiliario del hotel ocupando unas cuantas plazas, y estoy seguro que la cámara enfocaba hacia el mobiliario por lo tanto se debería de ver.

Lo que si me da por pensar mal es que ya me dijeron que sin matricula, que si no se que..a ver si tenia todo riesgo….es que yo creo que no van ni a personarse, eso si, pone lo de las 72 horas y que si no encuentran no llevan el caso a no se que judicial pero que eso no quita que yo pueda reclamar o hacer algo… y no se, luego llamare a ver que me cuentan y al hotel y hablare con el seguro a ver que pasos puedo seguir, ya que el parte en si esta dado, solo falta ver si se encuentra al culpable o no.

A ver como acaba la película.

podrías denunciar al hotel que es el responsable de lo que ocurra en sus instalaciones...pero eso costaría mas que el arreglo......me da que no vas a sacar nada en claro.....ojale me equivoque
 
no.... solo se pueden guardar 30 días.....salvo que se sea una famoso que se lleva un par de lápiz de labios y se den cuenta entonces es otra cosa...aunque la broma de guardarlas le costo al establecimiento la pasta



no pasa nada a veces se acierta con el comentario otras no.......



podrías denunciar al hotel que es el responsable de lo que ocurra en sus instalaciones...pero eso costaría mas que el arreglo......me da que no vas a sacar nada en claro.....ojale me equivoque
Ya había pensado lo del hotel pero para los daños que tiene el vehículo no merece nada la pena, realmente salvo que haya alguna grapa rota o haya algo interior que no se ve a simple vista, no tiene mucho daño, ya veremos como acaba pero no tengo muchas esperanzas.

Gracias todos.
 
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