DASHCAM. ¿Legales? ¿Valen las grabaciones?

Precisamente ayer me acerqué a un Tesla aparcado. Cuando me asomé a mirar dentro se encendió la pantalla y salió el mensaje: Centinela grabando. Si yo le reviento el cristal, el vídeo es una prueba perfectamente legal.

Insisto, lo que permite el uso de estas imágenes es la legitimidad de la finalidad. Si es para la defensa de tus derechos o la persecución de infracciones o delitos, ES ABSOLUTAMENTE LEGAL. Si te pones a hacer gilipolleces y rr.ss con ellas, atente a las consecuencias.

Y no le deis más vueltas ni compliqueis las cosas.

Llevo 20 años como abogado de protección de datos y sé de lo que hablo
 
Última edición por un moderador:
Precisamente ayer me acerqué a un Tesla aparcado. Cuando me asomé a mirar dentro se encendió la pantalla y salió el mensaje: Centinela grabando. Si yo le reviento el cristal, el vídeo es una prueba perfectamente legal.

Insisto, lo que permite el uso de estas imágenes es la legitimidad de la finalidad. Si es para la defensa de tus derechos o la persecución de infracciones o delitos, ES ABSOLUTAMENTE LEGAL. Si te pones a hacer gilipolleces y rr.ss con ellas, atente a las consecuencias.

Y no le deis más vueltas ni compliqueis las cosas.

Llevo 20 años como abogado de protección de datos y sé de lo que hablo
Claro, Tesla tiene un sistema de grabado adaptado a la normativa del país, sino no podrían vender; pero hay usuarios que al comprar la cámara, la enchufan a una fuente de alimentación para que grabe 24h, eso sí es ilegal; al igual que compartir las imágenes en RRSS, se puede hacer, pero tienes que difuminar rostros y matrículas
 
Pues así es Rotma, pero recuerda que prevalece el interés de quien graba con el objetivo de conseguir pruebas de infracciones sobre el derecho de privacidad del denunciado.
 
Más que interesante el comentario de DaniProceed. Creo que cada vez está más claro.
 
Nada que ver con una DashCam y lo que significa.
Por cierto, hay que leer todo el artículo y no solamente el titular.
Saludos.

No se que parte no habré leido, la verdad...

Se permite poner cámaras en el interior de un coche pero siempre que solo se grabe lo que ocurre en su interior y no pongan en peligro la seguridad vial.

Dice que el almacenamiento de dichas imágenes "solo está permitido con el vehículo en movimiento y en el caso puntual de accidente".

Vamos, que eso de dejarla puesta para que se active si te dan un golpe... multita. No vale ni para guardártelas para ti en tu disco duro. Si un policía ve lucecita en la cámara, con el coche aparcado, tendrás papelito rosa en el parabrisas.

Un saludo.
 
Hay mucho desconocimiento y pocas ganas de informarse antes de hablar.

Incluso hay gente (la mayoría) que no sabe que es legal grabar a la policía o guardia civil en una actuación si se aprecia abuso de poder y que la propia policía no te puede obligar a que le des tu móvil ni a borrar las imágenes. Estas pueden ser utilizadas en un juicio. Lo que ya no cabe es que dichas imágenes se publiquen en ningún medio. Vamos, exactamente igual a las dashcam que graban mientras conduces y te pueden sacar de algún apuro legal como prueba testifical de los hechos.

Y para muestra del tema policial, dejo este enlace:

¿Es legal grabar y difundir las actuaciones policiales? Esto es lo que permite la ley actual y lo que se ha propuesto reformar
 
Dejemos lo temas políticos fuera de este tema que nada tiene que ver.

Sigamos al tema, todo lo que no sea del tema será borrado.
 
Hola Naiki.

Acabo de leer tu respuesta y desconozco si viene por algo que yo haya dicho o expuesto. Quiero pensar que no es así pero prefiero aclarar el tema. Por mi parte, la política aquí en este foro y en este tema en concreto, no viene a cuento. Nunca voy a entrar en ese tipo de discusiones ni mucho menos crearlas, por eso estoy preocupado por lo que haya podido pasar a raíz de tu comentario.

Si en algo tengo que disculparme, no dudes que lo haré.

Un saludo.
 
Hola Naiki.

Acabo de leer tu respuesta y desconozco si viene por algo que yo haya dicho o expuesto. Quiero pensar que no es así pero prefiero aclarar el tema. Por mi parte, la política aquí en este foro y en este tema en concreto, no viene a cuento. Nunca voy a entrar en ese tipo de discusiones ni mucho menos crearlas, por eso estoy preocupado por lo que haya podido pasar a raíz de tu comentario.

Si en algo tengo que disculparme, no dudes que lo haré.

Un saludo.
No tranquilo, no iba para nada por ti. Fue por un comentario anterior al mío de otro usuario que fue borrado, no te preocupes
 
Bueno Naiki, me quedo más tranquilo. Gracias.

No me gusta nada meterme en temas de política en foros que no corresponden.

Gracias de nuevo.
 
ahora que se durmió el tema , vengo yo y lo despierto.... ja ja ja

El tema tiene muchos ángulos, ... yo me dedico a la fotografia de stock y por eso conozco algo la ley de Protección de Datos.
La ley dice que la mera toma de imágenes en la que aparezcan personas, está prohibida, y ello es con independencia del destino que tengan esas capturas, es decir, que aunque te las guardes en una carpeta privada y nadie pueda verlas... se debe tomar con consentimiento del sujeto(s).
Esto es un jarro de agua fria para aquellos que también hacemos fotografia callejera en la que "robamos" fotos de personas haciendo cosas o que encajan en una composición ,etc... por ley está prohibido sin su consentimiento. Claro, en este caso lo que no vamos ha hacer es avisar y pedir permiso para realizar una toma fotográfica porque perderá la espontaneidad, pero esa es la ley y por eso hay quien se la salta, el riesgo es lo que pueda hacer con esas fotos... Luego nos podemos meter en otros berenjenales como los derechos de propiedad intelectual, de marca registrada etc etc... pero vamos a dejarlo aqui.
Los consentimientos se hacen por escrito, yo llevo una aplicación en el movil para ello, también tengo unos formularios.

Dicho todo esto, la ley dice hace diferencia si el sujeto forma parte principal de la escena o es secundario ( ya se,... esto en según que fotos es como el fuera de juego, que va por milímetros). Pero es de destacar que la ley tolera la toma si la o las personas que aparecen no son el objeto fundamental de la foto.
Pero cuidao !!!! puedo realizar esas tomas, pero si se puede distinguir la identidad de quien aparece, no puedo publicarlas en ningun medio público sin su consentimiento. ( ya se.... Instagram está lleno de irregularidades, pero es lo que hay, otra cosa es que hasta ahora nadie o muy poca gente se haya metido en el tema y reclamar)

También existe el tema de la fotografia editorial donde la ley dice que aquells tomas que se hagan a tenor de algun tema de interés general, que sea noticiable o que sea de personajes públicos en actos de carácter público, se pueden realizar sin permiso y pueden ser publicadas en medios de difusión y ello incluye no solo los medios de comunicación sinó plataformas tipo tweeter, instagram, etc... Y no hay que ser profesional ni estar acreditado como periodista, cualquiera puede hacerlo.

Todo esto rollo para acabar opinando sobre las filmaciones desde el coche. Yo le veo algo de problema si al grabar en ciudad capturamos transeuntes que van por la acera o cruzan la calle. En cambio por carretera me parece que se podria considerar que los ocupantes de un vehículo que venga en dirección contraria apareceran en las imágenes sin ser, claramente, el sujeto principal de la escena.
El quid de la cuestión es que desde el coche no tomamos imágenes de un accidente o un acontecimiento, tomamos imágenes de manera indiscriminada y sin consentimiento... si a lo largo de la grabación somos tan afortunados de grabar e identificar unos ladrones ..... ¿que pasa? ¿cómo va la cosa?

Diriamos que al poder identificar unos delincuentes hemos ayudado a su detención, pero hasta llegar a esas imágenes, ¿hemos estado delinquiendo? ja ja ja

ahí lo dejo y perdonar el rollo
 
Última edición:
Hola Edu Mcdrego.

Decirte que yo también llevo años haciendo fotografía y estoy al tanto de lo que dices sobre la ley de Protección de Datos, el derecho a la intimidad, etc. Si miras lo que escribí el 30 de Agosto de este año, verás que dejo claro que ante una grabación como la que se habla en este hilo, es decir, las dashcam, prevalece el interés de quien graba con el objetivo de conseguir pruebas de infracciones sobre el derecho de privacidad del denunciado. Por otra parte, hablas de la prohibición de exponer en medios públicos imágenes de la gente sin su consentimiento. Desconozco si lees la prensa o ves los telediarios, por poner un ejemplo, pero cada día salen en ellos infinidad de personas, simplemente caminando por la calle a los que se les distingue a la perfección (mascarillas aparte por el momento en que vivimos) y es perfectamente legal. Siempre, como tú bien dices, que el sujeto (la persona fotografiada) no sea la parte principal de la fotografía o la grabación.

Además de esto que te comento y siempre con el ánimo de aclarar las cosas, el 19 de Noviembre dejé este enlace en el que dice claramente que es perfectamente legal grabar una actuación policial, casi nada. Ahí te lo dejo:

¿Es legal grabar y difundir las actuaciones policiales? Esto es lo que permite la ley actual y lo que se ha propuesto reformar

Recibe un saludo compañero.
 
Hola Edu Mcdrego.

Decirte que yo también llevo años haciendo fotografía y estoy al tanto de lo que dices sobre la ley de Protección de Datos, el derecho a la intimidad, etc. Si miras lo que escribí el 30 de Agosto de este año, verás que dejo claro que ante una grabación como la que se habla en este hilo, es decir, las dashcam, prevalece el interés de quien graba con el objetivo de conseguir pruebas de infracciones sobre el derecho de privacidad del denunciado. Por otra parte, hablas de la prohibición de exponer en medios públicos imágenes de la gente sin su consentimiento. Desconozco si lees la prensa o ves los telediarios, por poner un ejemplo, pero cada día salen en ellos infinidad de personas, simplemente caminando por la calle a los que se les distingue a la perfección (mascarillas aparte por el momento en que vivimos) y es perfectamente legal. Siempre, como tú bien dices, que el sujeto (la persona fotografiada) no sea la parte principal de la fotografía o la grabación.

Además de esto que te comento y siempre con el ánimo de aclarar las cosas, el 19 de Noviembre dejé este enlace en el que dice claramente que es perfectamente legal grabar una actuación policial, casi nada. Ahí te lo dejo:

¿Es legal grabar y difundir las actuaciones policiales? Esto es lo que permite la ley actual y lo que se ha propuesto reformar

Recibe un saludo compañero.


... es que este tema a parte de tener muchas aristas es mejor hablarlo que escribirlo, pero como que estamos en un foro no hay otra que escribir. je, je, je

En cuanto a los aspectos legales del tema fotografico, puedo estar más o menos equivocado pero a buen seguro no estoy lejos de la verdad. Ahora bien, cuando opino lo hago desde el punto de vista mas juicioso que pueda tener y me puedo euivocar, eso está claro.

Mi opinion en cuanto a grabar imágenes iba en el sentido de que me da la sensación de que no será muy legal ( o llámalo como quieras) ir grabando de manera prospectiva todo lo que aparezca ante el objetivo de una cámara por si eventualmente puedo registrar alguna infracción o alguna prueba testifical que me favorezca, etc... No se si servirá de ejemplo y que me disculpen los puristas: La Policia no puede parar a una persona de raza negra y pedirle "los papeles" para ver si su situación es legal o no lo es. Ni a un chino, ni a un español, ni a nadie. A no ser que el requerimiento sea consecuencia de que el haya haya observado la posiblidad de haber cometido alguna actividad sospechosa de ser delictiva etc, (luego a la práctica "pasan cosas", pero aqui estamos teorizando).
La investigación policial prospectiva, es decir a quella que se desarrolla por si acaso pasa algo, es ilegal en este pais.
Admito que tenemos un monton de ciudades en las que el Ayuntamiento captura imágenes de los transeuntes de manera prospectiva, desconozco si ello va con autorización judicial o qué.

No dudo de que la ley permita la captura de imágenes con el objeto de conseguir pruebas, etc... pero quiero pensar que eso aplica cuando tienes sospechas, indicios, o casi evidencias de que alguna cosa está pasando y quieres documentarla. Pero grabar por si acaso, eso creo que no ... ¡creo!
Por todo ello, intentando dar una opinión fundamentada, aunque admito pueda ser errónea, me da a pensar que un simple ciudadano como yo no puede registrar imágenes a diestro y siniestro. En fín, en cuanto a esto, no puedo decir más.

Lo de las imágenes en medios de comunicación, quiero pensar que si junto a la noticia se acompañan unas imágenes ilustrativas acordes, no deberia de haber problema .... aunque quizás los haya ja ja ja, siempre hay alguien que no está de acuerdo con lo que sea.
Tambien hay cadenas de TV que respetan mas escrupulosamente y otras que no. Si os habéis fijado, en la mayoria de ellas, y desde no hace mucho se pixelan a los menores o bien aparecen de manera parcial sin el rostro, sin embargo hay alguna cadena que aun no lo hace.
Lo de grabar a la Policia es legal desde hace unas pocas semanas, aunque entiendo que puedas hacerlo en manifestaciones o cosas así, no se.

Bueno, que el tema da para una conversción de unas cuantas cervezas.
Esta ronda la pago yo.

;)
 
Pero seguís yendo por el lado incorrecto...

Tu puedes grabar, siempre que sea para tu uso. No puedes hacer públicas esas imágenes, supongo que con la excepción de que sea para una investigación (policía, y parece ser, compañías de seguros, Hello Connect).

Lo que no puedes hacer es videovigilancia. Es decir, dejar el coche parado, con la cámara en marcha (las típicas que se encienden con un golpe). La policía multará si la ve (en teoría, que somos humanos), esté encendida o no, por lo que el uso normal debería ser ponerla cuando nos movemos, y a la guantera cuando aparcamos.

Es un coñazo, pero es la única manera de estar tranquilo. El resto, como siempre digo, todos sabemos del amigo de un cuñado que va con ella puesta, y nunca le ha pasado nada. Ahí ya, cada uno, con su conciencia.

Un saludo
 
Pero seguís yendo por el lado incorrecto...

Tu puedes grabar, siempre que sea para tu uso. No puedes hacer públicas esas imágenes, supongo que con la excepción de que sea para una investigación (policía, y parece ser, compañías de seguros, Hello Connect).

Lo que no puedes hacer es videovigilancia. Es decir, dejar el coche parado, con la cámara en marcha (las típicas que se encienden con un golpe). La policía multará si la ve (en teoría, que somos humanos), esté encendida o no, por lo que el uso normal debería ser ponerla cuando nos movemos, y a la guantera cuando aparcamos.

Es un coñazo, pero es la única manera de estar tranquilo. El resto, como siempre digo, todos sabemos del amigo de un cuñado que va con ella puesta, y nunca le ha pasado nada. Ahí ya, cada uno, con su conciencia.

Un saludo
Yo la llevo siempre puesta en el parabrisas, me han parado varias veces cuando el tema covid y se han fijado en que llevaba la cámara y nunca me han dicho nada.
 
Bueno, pues si de tomarnos algo se trata, ya que Edu Macdrego pagó la anterior ronda, yo invito a esta.

Haciendo de nuevo referencia al tema fotográfico, te diré que yo hago a menudo sesiones con modelos y siempre firmamos un contrato de cesión de derechos de imagen. Es decir, entre la modelo y yo seleccionamos las fotografías y por ambas partes nos concedemos ese derecho para exponerlas en diversos medios. Ni una más. Pero por ejemplo, yo que he viajado por medio mundo, pues también me encanta hacer retrato y no firmo ningún documento. Hablo de países principalmente de África o Asia.

Lo de los medios de comunicación es otro cantar. Verás que en una retransmisión de cualquier evento deportivo suelen utilizar planos de recurso y en muchas ocasiones estos son primeros planos de gente que está en la grada (futbol, boxeo, baloncesto, F1...) o en la cuneta (rallys, ciclismo...) por ejemplo. Evidentemente, a nadie le piden permiso y menos por escrito. Incluso en el futbol esos mismos planos de gente salen en las pantallas de los estadios y oye, hasta la gente está contenta. Como tú dices, esto da para más rondas.

Respecto al tema principal que nos ocupa, pues yo sigo diciendo (y ciñéndome a la realidad) que todos fotografiamos/grabamos a diestro y siniestro sin ningún pudor. Todos, a día de hoy, somos protagonistas o bien desde detrás de la cámara, o bien desde delante. ¿Que ahí la ley baila algo? Pues sin duda. Pero, como ha dicho y repetido Drizzt, una cosa es grabar para uso propio y otra utilizar las imágenes públicamente. Estoy totalmente de acuerdo con él. Y suscribo lo que menciona Fatiguitas sobre lo de pararte (o verte) la policía o la guardia civil en algún control y ser consciente de que ven la cámara y a mí, como a él, nunca me han dicho nada.

A ver si la ley se hace eco de este tema y nos lo dejan claro de una vez. Tiempo al tiempo.
 
Volver
Arriba