DASHCAM. ¿Legales? ¿Valen las grabaciones?

Es que, a ver... creo que TODOS en algún momento (o en más de alguno) rompemos las reglas, ya sea conduciendo más rápido de la cuenta, pisando una línea continua en un arcén, o lo que sea. Y ahora, adelantando a más de 90kmh en carreteras que antes permitían hacerlo a 110 (¿ya está activa esta nueva locura de la DGT?).

Y creo que todos, como mucho tendremos una o dos multas en nuestra vida al respecto. Ya tienes que ser cafre para que te vayan cayendo multas a lo loco.

Aquí es lo mismo. La norma dice claramente que NO se pueden dejar puestas, que no puedes grabar fuera del coche, etc., etc., pero... ¿te multarán alguna vez?

Yo recuerdo que en su día me dijeron que poner almohadillas a los cinturones para que no hicieran daño estaba prohibido. Hablo de finales de los 90. ¿Cuántos coches hoy día las llevan? A montones, porque quedan "racing" (aunque sean una horterada). ¿Te pueden multar por ello? Si (si la norma sigue, que no lo se, hace siglos que no llevo esas chorradas). ¿Lo harán alguna vez? Ya sería raro.

Yo creo que son dos debates diferentes: es legal o no, te multarán alguna vez o no. La primera, creo que está claro sólo leyendo la normativa, la segunda... todo parece indicar que a no ser que pase algo grave, no va a haber ni un policía que pierda el tiempo en esa chorrada. Pero, repito, son dos debates. Uno, en realidad, porque el primero casi diría que no lo es.

Un saludo.
 
os pongáis como os pongáis no es legal gravar con esas cámaras y en el supuesto de un accidente no valdría como prueba
 
os pongáis como os pongáis no es legal gravar con esas cámaras y en el supuesto de un accidente no valdría como prueba

pues mira, estoy parcialmente de acuerdo, o estoy parcialmente en desacuerdo.
Creo, repito CREO, que no se puede grabar indiscriminadamente, pero también creo que sí valdria como prueba si las imágenes reflejan la realidad de lo sucedido y se quiera contrastar. (Otra cosa es que que el contrario ponga en tela de juicio la veracidad de las imágenes, pero péritos tiene la iglesia).
 
os pongáis como os pongáis no es legal gravar con esas cámaras y en el supuesto de un accidente no valdría como prueba

No todo es blanco o negro. Hay sentencias en que sí que han admitido pruebas de este estilo (igual que en ocasiones se admiten como prueba vídeos grabados con el móvil). Pero no es menos cierto que, igualmente en virtud de ese limbo legal, te pueden llegar a multar por llevar una dashcam y utilizarla si el policía de turno considera que estás utilizando esa cámara como una cámara de vigilancia (en el fondo, lo es, nos pongamos como nos pongamos) y no has seguido los cauces legales para garantizar el cumplimiento de la ley de protección de datos (que ahora mismo no se cuales son las siglas, porque las han cambiado tanto entre normativa española y europea que el carajal es de aupa).

Así que en estas cosas, como en todo, que cada uno decida el riesgo que quiere correr. Ni llevando una dashcam instalada tienes garantía de multa, pero tampoco tienes garantía de que vayas más seguro, pues puede que jamás te lo admitan como prueba. Hay que poner en una balanza coste del riesgo y beneficio, y que cada cual decida.

Saludos.
 
Verdad que puedes ir conduciendo y el copiloto grabando con el móvil ? pues llevar la cámara es lo mismo, no te pueden multar, lo mismo que cuando aparcas y la cámara está apagada, ahí no puede aplicar el término "videovigilancia", el problema sólo viene cuando el coche está aparcado, sin nadie en el interior y la cámara está en marcha, eso sí es videovigilancia y es cuando te pueden multar, no es tan difícil el tema ...
 
Yo la llevo puesta en el parabrisas desde hace varios (como 5 años) años, nunca me han sancionado por llevarla y hasta una vez la G C. me paró porque estaban buscando algo en algun coche que hacia esa misma ruta a esa misma hora, al parame no paré el motor ni mientras el G.C. remiraba y... se dio cuenta de la camara, simplemente me dijo, ¿Me esta grabando?, a lo que yo le respondi, si pasa delante del parabrisas le grabara automaticamente. Su pregunta: ¿y si para el motor?; y mi respuesta: si paro el motor dejara de grabar. Su orden: ¡Por favor pare el motor! ; yo paro el motor y él observa que automaticamente se apaga la camara. A continuacion me dice: arranque y ya se puede marchar, ¡Gracias por su colaboracion!.
Fin de lasunto, de esto hace ya como tres años, en ninguna otra ocasion se han fijado o no me han dicho nada si han visto la camara, y me he cruzado en ese tiempo muchas veces con la Benemerita .Incluso un par de veces hemos coincidido en parar practicamente a la vez en restaurante de carretera.
Ademas; y esto ya es cosa aparte, igual se puede decir de las grabaciones de ciclistas que graban con sus dash cam infracciones relativas a comportamiento de conductores con ellos, y... ..estas grabaciones, han sido mas de una vez aceptadas como demostracion de infracciones con el famoso metro y medio de distancia .... y otras.
Un saludo.
 
Verdad que puedes ir conduciendo y el copiloto grabando con el móvil ? pues llevar la cámara es lo mismo, no te pueden multar, lo mismo que cuando aparcas y la cámara está apagada, ahí no puede aplicar el término "videovigilancia", el problema sólo viene cuando el coche está aparcado, sin nadie en el interior y la cámara está en marcha, eso sí es videovigilancia y es cuando te pueden multar, no es tan difícil el tema ...

Desde el mismo momento que la palabra de un agente de la autoridad tiene más valor que la tuya en cualquier supuesto, ya estás jodido. El agente o guardia de turno puede ponerte la recetita diciendo que tu cámara graba en todo momento incluso con el coche estacionado y a ver cómo demuestras que no es así, aunque no funcione de esa manera él siempre puede alegar que has hecho una modificación a posteriori. Como pilles con uno muy tonto... y no es rizar el rizo, a mí me pasó una vez un caso parecido, uno que me paró sin ton ni son en un cruce y me dio la señal cuando ya había invadido el cruce, me mira con cara de pocos amigos y me hace la seña de dar marcha atrás, por detrás viene otro coche y casi le doy (el de atrás me pitó, con toda la razón) y me llega el tonto de las narices del agente gritando diciendo que por qué doy marcha atrás, que estoy poniendo en peligro a todos los usuarios de la vía. Me dieron unas ganas de decirle cuatro cosas... afortunadamente mantuve la compostura y se quedó sólo en el sermón de turno, pero vamos, que igual que le dio por ahí, le podía haber dado por ponerme la receta por dar marcha atrás donde no se debe (que en el fondo es así, pero claro, él es el que no tenía que haberme dado la indicación de hacerlo).

Saludos.
 
Desde el mismo momento que la palabra de un agente de la autoridad tiene más valor que la tuya en cualquier supuesto, ya estás jodido. El agente o guardia de turno puede ponerte la recetita diciendo que tu cámara graba en todo momento incluso con el coche estacionado y a ver cómo demuestras que no es así, aunque no funcione de esa manera él siempre puede alegar que has hecho una modificación a posteriori. Como pilles con uno muy tonto... y no es rizar el rizo, a mí me pasó una vez un caso parecido, uno que me paró sin ton ni son en un cruce y me dio la señal cuando ya había invadido el cruce, me mira con cara de pocos amigos y me hace la seña de dar marcha atrás, por detrás viene otro coche y casi le doy (el de atrás me pitó, con toda la razón) y me llega el tonto de las narices del agente gritando diciendo que por qué doy marcha atrás, que estoy poniendo en peligro a todos los usuarios de la vía. Me dieron unas ganas de decirle cuatro cosas... afortunadamente mantuve la compostura y se quedó sólo en el sermón de turno, pero vamos, que igual que le dio por ahí, le podía haber dado por ponerme la receta por dar marcha atrás donde no se debe (que en el fondo es así, pero claro, él es el que no tenía que haberme dado la indicación de hacerlo).

Saludos.
Inmediatamente, sacas tu teléfono, grabas la multa con la fecha y hora, grabas tu cámara apagando el coche demostrando que se apaga, y con eso te vas a poner una denuncia del agente número xxxxxx por prevaricación y ya os veréis en los juzgados.
 
Inmediatamente, sacas tu teléfono, grabas la multa con la fecha y hora, grabas tu cámara apagando el coche demostrando que se apaga, y con eso te vas a poner una denuncia del agente número xxxxxx por prevaricación y ya os veréis en los juzgados.
Es lo que tiene este hilo, que deja bien claro el desconocimiento de la Ley y lo más sencillo es escribir que llevar una DashCam (que no saben diferenciar de una cámara de vigilancia) es ilegal.
Saludos.
 
Desde el mismo momento que la palabra de un agente de la autoridad tiene más valor que la tuya en cualquier supuesto, ya estás jodido. El agente o guardia de turno puede ponerte la recetita diciendo que tu cámara graba en todo momento incluso con el coche estacionado y a ver cómo demuestras que no es así, aunque no funcione de esa manera él siempre puede alegar que has hecho una modificación a posteriori. Como pilles con uno muy tonto... y no es rizar el rizo, a mí me pasó una vez un caso parecido, uno que me paró sin ton ni son en un cruce y me dio la señal cuando ya había invadido el cruce, me mira con cara de pocos amigos y me hace la seña de dar marcha atrás, por detrás viene otro coche y casi le doy (el de atrás me pitó, con toda la razón) y me llega el tonto de las narices del agente gritando diciendo que por qué doy marcha atrás, que estoy poniendo en peligro a todos los usuarios de la vía. Me dieron unas ganas de decirle cuatro cosas... afortunadamente mantuve la compostura y se quedó sólo en el sermón de turno, pero vamos, que igual que le dio por ahí, le podía haber dado por ponerme la receta por dar marcha atrás donde no se debe (que en el fondo es así, pero claro, él es el que no tenía que haberme dado la indicación de hacerlo).

Saludos.

pero vamos a ver, no se trata de decir cómo es una ley en función de las pràcticas de los agentes. La Ley es la que es y, estoy de acuerdo, si te para un agente mas te vale que le hagas caso, pero tampoco hay que definir qué dice la Ley por el modo de actuar de un agente.
 
Bueno, que disparidad de opiniones… yo no trataré de imponer la mía. Diré lo que hago y seguiré haciendo. Llevar una cámara, como ya comentó alguien ya 70mai y funciona de lujo, que no me admite el juez las grabaciones? Por lo menos ya sé que coche me ha golpeado estando estacionado o si alguno se salta un semáforo. Las utilizará la justicia o mi justicia. Como bien dicen hay una compañía de seguros que ofrecen este equipo y te ofertan que en caso de accidente las llevaran al juez, yo haré lo mismo. Si gano bien, si pierdo ya sé que hacer. Saludos.
 
El problema principal, y por el que te puede caer la multa es que las dashcam se ponen en marcha por el movimiento. Es decir, que si la tienes puesta, y te dan un golpe, la cámara se activa, y graba, considerando entonces que es videovigilancia.

Si tú le dices al agente que está apagada, y es un poco avispado, te zarandeará el coche, y la cámara se pondrá en marcha, y encontes, receta.

Esa es la explicación de la norma. Si tu cámara sólo se activa al enchufarla (no tiene batería integrada, por ejemplo), te podrías salvar de la multa.

Podemos discutir sobre si puedes grabar o no en marcha, por lo que dice Fatiguitas del móvil del copiloto. Creo que tampoco, al ser un dispositivo "fijo" del coche, pero ahí ya no voy a meterme. Lo que si es cierto es que tanto si grabas con el móvil, como si lo haces con una dashcam, no puedes poner esas imágenes en redes sociales, ni distribuirlas por ningún medio.

Luego vemos esas imágenes en redes y te llegan por whatsapp y no pasa nada. Lo que decía más arriba... la policía tiene cosas más importantes de las que ocuparse, y no creo que "de oficio" se pongan a perseguir estas tonterías. Pero ante un problema, si pueden echar mano de ello.

Repito... si te han parado por hacer algo, el agente tiene ganas de escarmentarte, y ve la cámara, te irás con dos multas, la que ha originado que te pare, y otra por la cámara. Porque la ley está de su lado.

Un saludo.
 
El problema principal, y por el que te puede caer la multa es que las dashcam se ponen en marcha por el movimiento. Es decir, que si la tienes puesta, y te dan un golpe, la cámara se activa, y graba, considerando entonces que es videovigilancia.

Si tú le dices al agente que está apagada, y es un poco avispado, te zarandeará el coche, y la cámara se pondrá en marcha, y encontes, receta.

Esa es la explicación de la norma. Si tu cámara sólo se activa al enchufarla (no tiene batería integrada, por ejemplo), te podrías salvar de la multa.

Podemos discutir sobre si puedes grabar o no en marcha, por lo que dice Fatiguitas del móvil del copiloto. Creo que tampoco, al ser un dispositivo "fijo" del coche, pero ahí ya no voy a meterme. Lo que si es cierto es que tanto si grabas con el móvil, como si lo haces con una dashcam, no puedes poner esas imágenes en redes sociales, ni distribuirlas por ningún medio.

Luego vemos esas imágenes en redes y te llegan por whatsapp y no pasa nada. Lo que decía más arriba... la policía tiene cosas más importantes de las que ocuparse, y no creo que "de oficio" se pongan a perseguir estas tonterías. Pero ante un problema, si pueden echar mano de ello.

Repito... si te han parado por hacer algo, el agente tiene ganas de escarmentarte, y ve la cámara, te irás con dos multas, la que ha originado que te pare, y otra por la cámara. Porque la ley está de su lado.

Un saludo.
Qué dos multas ni dos multos?, por esa regla de tres que tenéis con tanto miedo, os podrían multar sin llevar siquiera cámara y como es su palabra ... decir que la has quitado después no ? o por saltarse un semáforo siendo mentira ... habéis visto demasiadas películas americanas donde el policía rompe el piloto trasero para multar ...
 
Hoy me ha salido en youtube este video:


Creo que explica el tema desde el punto de vista legal. Hablan de dashcam, pero también de tesla, a raiz de la denuncia de 1000€ que apareció en el periódico.

Al menos, es interesante.
 
Hoy me ha salido en youtube este video:


Creo que explica el tema desde el punto de vista legal. Hablan de dashcam, pero también de tesla, a raiz de la denuncia de 1000€ que apareció en el periódico.

Al menos, es interesante.

MUCHAS GRACIAS POR EL APORTE !!!! es una opinión muy cualificada, que merece ser tenida en cuenta.


Por cierto aqui dejo lo que comenté más arriba y concuerda 100% con lo que dice el abogado:
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Inmediatamente, sacas tu teléfono, grabas la multa con la fecha y hora, grabas tu cámara apagando el coche demostrando que se apaga, y con eso te vas a poner una denuncia del agente número xxxxxx por prevaricación y ya os veréis en los juzgados.

Cuántas películas veis...
 
Hoy me ha salido en youtube este video:


Creo que explica el tema desde el punto de vista legal. Hablan de dashcam, pero también de tesla, a raiz de la denuncia de 1000€ que apareció en el periódico.

Al menos, es interesante.

Es muy bueno el vídeo y aconsejo a todo el mundo, especialmente al que tenga instalado o intención de hacerlo una dashcam, que se lo lea.

Al final esta intervención no dista demasiado de lo que he intentado justificar en este hilo y en otros similares. Hay un carajal legal de tres pares de narices (por no emplear otro calificativo), hay leyes que entran en conflicto unas con otras, y eso dejan a este tipo de dispositivos en un limbo legal que, dependiendo de cada situación y de cómo se levante ese día el juez de turno (que al final es el que tiene que interpretar la situación) pues pueden fallar a favor o en contra.

Para que os hagáis una idea de la incongruencia del asunto, como bien dicen en el vídeo, la grabación indiscriminada no está permitido por el RGPD (Reglamento General de Protección de Datos), ni siquiera aunque sea puntualmente (para ejemplo, los 10 minutos de grabación previos que Tesla hace en una tentativa de siniestro), pero sí está permitido que tú, como parte afectada, presentes grabaciones del instante del siniestro para tu defensa. ¿Pero como coño voy a saber yo cuando voy a tener un siniestro? O sea, que puedo grabar siniestros, pero sólo cuando estos sucedan. Joer, si tuviera esa capacidad de adivinación:

1- Montaría una empresa de predicciones y me forraría.
2- Evitaría la situación de antemano, no creo que a nadie le guste darse un piñazo por gusto, grande o pequeño, si tiene la capacidad de evitarlo.

En definitiva, y es lo que he dicho siempre, hasta que no saquen una regulación específica de las dashcam, como deben ser instaladas, cuando se pueden usar, qué es lo que puedes grabar y por cuánto tiempo, todo está en un limbo legal y deja a interpretación del juez de turno lo que tú presentes (e igualmente deja a interpretación del guardia civil de turno el multarte o no, y luego ya tú defiéndete como puedas en la reclamación de esa sanción).

Pasó lo mismo en su día con los avisadores, detectores e inhibidores de radar, y al final tuvieron que definir el uso de todas estas cosas y sus sanciones en el código de circulación. Con esto, pasa lo mismo.

Saludos.
 
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