Hoy he estado hablando con un abogado que hay en mi oficina, bastante bueno por cierto, y me ha dicho que dicho anexo es totalmente LEGAL, siempre y cuando, esté bien redactado y solo se refieran a los descuentos realizados en el vehículo, sería ILEGAL que pusieran permanencia sin alegar nada, pero están alegando que para que tú mantengas los descuentos, estés un mínimo de meses con la financiación activa, también pueden especificar si se puede hacer o no una amortización parcial (en el anexo que un compi me facilitó por privado aparece una tabla con unos % que pueden reclamar según amortices total o parcialmente), el ejemplo más claro: las compañías telefónicas, te hacen descuento durante un año, y, vaya! Te ponen permanencia de un año por los descuentos, si te vas, que pasa? Que tienes que pagar la penalización que ellos estipulen, por lo que, es igual de legal y no es cláusula abusiva, es un anexo al contrato de Cetelem, con carácter de contrato privado entre el comprador y el concesionario.
Ahora bien, como digo, es el anexo que YO le he enseñado, habrá otros diferentes y hay que mirarlos uno por uno, yo aún no he firmado financiación y el coche me lo entregan antes de final de año, estoy intentando enterarme de todo para no tener sustos y hacer números.
Yo lo voy a comprar en ARM Motor de Granada, así que ya os contaré
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