Financiación Kia Sportage MK5

Hola,
A mí me hicieron los números financiando 12.000€, con entrega de coche a cambio.
 
El problema es que me dice (el comercial)que ese precio es el mínimo a financiar y que el programa no le deja financiar menos, no sé que hacer.
El tema es que un Flexiplan es un precio de recompra, cuando acabe el plazo pactado en el contrato.
De ahí que el precio varie segun el modelo, no vale lo mismo un HEV que uno convencional sin hibridación.
Supongo que no te gustaria que dentro de 4 años, si decides cambiar de coche, te pagen 14.500 o menos por el tuyo.
De ahí la variación de la cuota final...
 
Y es voluntario, pero supeditado los descuentos a cogerlo. Hecha la ley hecha la trampa

Ni de coña! Si lees bien la letra pequeña verás que no te pueden obligar. Es una estrategia de meter miedo para poder obtener más beneficios con un mismo crédito sin que cuente como intereses y no sobrepasar el límite considerado de usura para que un juez deje sin validez el préstamo y tengan que devolver todo lo cobrado.
Además, el seguro puedes cancelarlo en 30 días y el crédito en 14. No puedes firmar ningún papel para que el concesionario te quite el descuento ya aplicado porque el derecho de desistimiento es irrenunciable. La ley lo dice bien claro…
La cuestión es anularlo una vez ya tienes el vehículo en tu poder con la factura emitida con esos conceptos ya inamovibles. El precio no puede variar a posteriori, sino la ley de desistimiento no valdría para nada. Ningún juez te va a hacer devolver el descuento aplicado y si lo hiciera aún así sale más a cuenta que pagar intereses seguro formalización penalización por anticipo, etc…

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Estos pantallazos son de mi contrato de financiación, creo que queda bien claro que ejercer el derecho de desistimiento no implica ninguna penalización…

De nada… ;)
 
Ni de coña! Si lees bien la letra pequeña verás que no te pueden obligar. Es una estrategia de meter miedo para poder obtener más beneficios con un mismo crédito sin que cuente como intereses y no sobrepasar el límite considerado de usura para que un juez deje sin validez el préstamo y tengan que devolver todo lo cobrado.
Además, el seguro puedes cancelarlo en 30 días y el crédito en 14. No puedes firmar ningún papel para que el concesionario te quite el descuento ya aplicado porque el derecho de desistimiento es irrenunciable. La ley lo dice bien claro…
La cuestión es anularlo una vez ya tienes el vehículo en tu poder con la factura emitida con esos conceptos ya inamovibles. El precio no puede variar a posteriori, sino la ley de desistimiento no valdría para nada. Ningún juez te va a hacer devolver el descuento aplicado y si lo hiciera aún así sale más a cuenta que pagar intereses seguro formalización penalización por anticipo, etc…

Ver el archivo adjunto 37150 Ver el archivo adjunto 37151

Estos pantallazos son de mi contrato de financiación, creo que queda bien claro que ejercer el derecho de desistimiento no implica ninguna penalización…

De nada… ;)
Y si no me creéis todavía leed estos ejemplos prácticos…

Problemas al desistir de la financiación de un coche nuevo (actualizado 2022)

Desistimiento financiación con CETELEM y seguro
 
Última edición:
Hola gente. Yo opté por un renting con unas intereses draconianos. 8000 € de entrada más mi Honda Civic que me valoraron en 5100 €, despues 48 meses a 210 € más una última cuota de 18000. Mal contado unos 10000 € más de lo que vale el coche ‍♂️

¿Alguien tiene experiencia quitando el seguro de la financiación? Pregunté a la comercial que si lo podía quitar y me dijo que si pero llamando yo a Cetelem, que ella me lo tenía que poner… el problem es que aunque firmé la financiación el pasado lunes todavía no tengo el coche…
 
Yo tuve suerte cuando hace 5 años finencié mi Niro con Cetelem a un interés muy bajo. Ahora con la reserva del Sportage a Cetelem se les ha ido la olla y me piden un 8,5%. Al final hago financiación externa con mi banco y muuuucho mejor. Y sin seguro de vida.
 
Ni de coña! Si lees bien la letra pequeña verás que no te pueden obligar. Es una estrategia de meter miedo para poder obtener más beneficios con un mismo crédito sin que cuente como intereses y no sobrepasar el límite considerado de usura para que un juez deje sin validez el préstamo y tengan que devolver todo lo cobrado.
Además, el seguro puedes cancelarlo en 30 días y el crédito en 14. No puedes firmar ningún papel para que el concesionario te quite el descuento ya aplicado porque el derecho de desistimiento es irrenunciable. La ley lo dice bien claro…
La cuestión es anularlo una vez ya tienes el vehículo en tu poder con la factura emitida con esos conceptos ya inamovibles. El precio no puede variar a posteriori, sino la ley de desistimiento no valdría para nada. Ningún juez te va a hacer devolver el descuento aplicado y si lo hiciera aún así sale más a cuenta que pagar intereses seguro formalización penalización por anticipo, etc…

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Estos pantallazos son de mi contrato de financiación, creo que queda bien claro que ejercer el derecho de desistimiento no implica ninguna penalización…

De nada… ;)
Una vez más caemos en los mismos errores de apreciación que se repiten una y otra vez en los diferentes hilos de financiación...
Y una vez más se mezclan churras con merinas...
Los préstamos para financiar un coche, se rigen por la ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo y obviamente Cetelem como entidad de crédito, también está supeditada al cumplimiento de esa ley.
Por ello en los papeles del crédito que te entrega Cetelem, pone claramente y sin problema alguno que tienes derecho ejercer el desistimiento durante el plazo establecido, que puedes cancelar el crédito en cualquier momento y por supuesto también puedes anular el seguro de impagos que te meten con calzador.

Todo el mundo apela a esa ley para ejercer sus derechos, pero nadie hace mención al contrato privado que has firmado entre comprador (cliente) y vendedor (concesionario). Los contratos privados entre las partes, se rigen por otra norma distinta a la que acabo de mencionar, que no es otra cosa que el Código Civil.

Por tanto aquí tienes dos obligaciones contractuales, la primera por un crédito con Cetelem y se rige por su propia normativa específica (Ley 16/2011), la segunda al haber firmado un contrato privado con el Concesionario donde has aceptado unos compromisos y se rige por otra regulación distinta (Código Civil).

Es muy fácil de entender, si cancelas el seguro o cancelas el crédito antes del tiempo pactado, con Cetelem no incumples nada y ellos no te reclamarán nada, pero sí estás incumpliendo un contrato privado suscrito entre tú y el concesionario. Y cuando incumples un contrato tienes que asumir que estas infringiendo la norma que lo regula, y pueden venir posteriores reclamaciones económicas.

Y como las sentencias de los jueces no las podemos adivinar, no se puede afirmar que "ningún Juez te va hacer devolver el descuento aplicado", eso no lo sabes...

Ah y se te olvidan las costas del contrario, si pierdes...
 
Última edición:
Una vez más caemos en los mismos errores de apreciación que se repiten una y otra vez en los diferentes hilos de financiación...
Y una vez más se mezclan churras con merinas...
Los préstamos para financiar un coche, se rigen por la ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo y obviamente Cetelem como entidad de crédito, también está supeditada al cumplimiento de esa ley.
Por ello en los papeles del crédito que te entrega Cetelem, pone claramente y sin problema alguno que tienes derecho ejercer el desistimiento durante el plazo establecido, que puedes cancelar el crédito en cualquier momento y por supuesto también puedes anular el seguro de impagos que te meten con calzador.

Todo el mundo apela a esa ley para ejercer sus derechos, pero nadie hace mención al contrato privado que has firmado entre comprador (cliente) y vendedor (concesionario). Los contratos privados entre las partes, se rigen por otra norma distinta a la que acabo de mencionar, que no es otra cosa que el Código Civil.

Por tanto aquí tienes dos obligaciones contractuales, la primera por un crédito con Cetelem y se rige por su propia normativa específica (Ley 16/2011), la segunda al haber firmado un contrato privado con el Concesionario donde has aceptado unos compromisos y se rige por otra regulación distinta (Código Civil).

Es muy fácil de entender, si cancelas el seguro o cancelas el crédito antes del tiempo pactado, con Cetelem no incumples nada y ellos no te reclamarán nada, pero sí estás incumpliendo un contrato privado suscrito entre tú y el concesionario. Y cuando incumples un contrato tienes que asumir que estas infringiendo la norma que lo regula, y pueden venir posteriores reclamaciones económicas.

Y como las sentencias de los jueces no las podemos adivinar, no se puede afirmar que "ningún Juez te va hacer devolver el descuento aplicado", eso no lo sabes...

Ah y se te olvidan las costas del contrario, si pierdes...


En la primera parte estoy de acuerdo, en la segunda no.
Existen unos derechos irrenunciables, si el concesionario en un contrato privado te pone una cláusula que impide en otro contrato de servicios financieros ejercer un derecho irrenunciable esa cláusula es nula de pleno derecho y por tanto no aplicable.
Por eso me permito el lujo de “adivinar” lo que diría un juez, porque la ley es muy clara y con una factura en la que el precio está ya fijado no cabe un cobro extraordinario a posteriori.
Y si cabe la mínima posibilidad con negar el acceso a CETELEM de usar tus datos con terceros no habría posibilidad legal de que el concesionario sepa que has desistido del crédito y el seguro.
 
En la primera parte estoy de acuerdo, en la segunda no.
Existen unos derechos irrenunciables, si el concesionario en un contrato privado te pone una cláusula que impide en otro contrato de servicios financieros ejercer un derecho irrenunciable esa cláusula es nula de pleno derecho y por tanto no aplicable.
Por eso me permito el lujo de “adivinar” lo que diría un juez, porque la ley es muy clara y con una factura en la que el precio está ya fijado no cabe un cobro extraordinario a posteriori.
Y si cabe la mínima posibilidad con negar el acceso a CETELEM de usar tus datos con terceros no habría posibilidad legal de que el concesionario sepa que has desistido del crédito y el seguro.
Sabía que ahora irías a por las cláusulas abusivas o nulas de pleno derecho...
Es normal y lo entiendo que uno intente autoconvencerse que su decisión es la acertada y que lleva la razón.
Pero lejos de ese autoconvencimiento, existen las disposiciones legales y la interpretación jurídica de lo que es una clàusula nula de pleno derecho...
De entrada el que incumple un contrato privado de forma intencionada, debe asumir que pueden caerle chuzos de punta, y cabe la posibilidad que un juez sentencie en su contra, a pagar unas cantidades dinerarias importantes... si estás dispuesto a asumir eso pues adelante, cada uno responde de sus actos.
Por último, intentar predecir lo que va a sentenciar un juez, no se si definirlo como una temeridad o una fantasía... ojalá lo supiéramos...
 
Sabía que ahora irías a por las cláusulas abusivas o nulas de pleno derecho...
Es normal y lo entiendo que uno intente autoconvencerse que su decisión es la acertada y que lleva la razón.
Pero lejos de ese autoconvencimiento, existen las disposiciones legales y la interpretación jurídica de lo que es una clàusula nula de pleno derecho...
De entrada el que incumple un contrato privado de forma intencionada, debe asumir que pueden caerle chuzos de punta, y cabe la posibilidad que un juez sentencie en su contra, a pagar unas cantidades dinerarias importantes... si estás dispuesto a asumir eso pues adelante, cada uno responde de sus actos.
Por último, intentar predecir lo que va a sentenciar un juez, no se si definirlo como una temeridad o una fantasía... ojalá lo supiéramos...

En mi caso es fácil, no hay firma de mínimo de permanencia. Así que mi caso está muy claro.
Aun así estoy bastante convencido de lo que he dicho, aunque claro está, es mi opinión, que mejor o peor defendida no deja de ser una opinión.
Si a alguien que haya desistido le han reclamado la diferencia que lo diga, que mejor muestra no puede haber.
Un saludo!
 
En mi caso es fácil, no hay firma de mínimo de permanencia. Así que mi caso está muy claro.
Aun así estoy bastante convencido de lo que he dicho, aunque claro está, es mi opinión, que mejor o peor defendida no deja de ser una opinión.
Si a alguien que haya desistido le han reclamado la diferencia que lo diga, que mejor muestra no puede haber.
Un saludo!
A parte de lo que es los típicos papeles de financiación con Cetelem, no te hicieron firmar en una tablet unas condiciones particulares con el concesionario ?
Te lo digo porque ese papel lo firma todo el mundo pero no te entregan copia, se queda archivado en el concesionario y no te lo dan si no lo pides
 
A parte de lo que es los típicos papeles de financiación con Cetelem, no te hicieron firmar en una tablet unas condiciones particulares con el concesionario ?
Te lo digo porque ese papel lo firma todo el mundo pero no te entregan copia, se queda archivado en el concesionario y no te lo dan si no lo pides

me he leído los 14 pdfs enteros que me enviaron al firmar en la tablet…
 
me he leído los 14 pdfs enteros que me enviaron al firmar en la tablet…
Ahí no lo encontrarás...
Los 14 pdf que te envió Cetelem, con la certificación Logalty es todo relacionado con el crédito, financiación, plan de amortización, protección de datos, certificaciones, autorizaciones varias, etc...
En esos pds no encontrarás ningún compromiso de permanencia, porquè esos pdf son de Cetelem.
Repito, el documento de compromiso y permanencia entre cliente y vendedor, se firma en el concesionario y ahí se queda archivado con todo el expediente, no te lo envían por correo ni te dan còpia alguna a menos que lo solicites expresamente.
Pídele una còpia a tu comercial si es que te interesa tenerlo, ya verás como ellos sí lo tienen.
 
¿Pero simplemente el seguro no se puede quitar sin meternos en rollos legales? La comercial me dijo que tenía todo el derecho de desistir
 
¿Pero simplemente el seguro no se puede quitar sin meternos en rollos legales? La comercial me dijo que tenía todo el derecho de desistir
Según los compromisos que se firmaron no se puede ni quitar seguro, ni cancelar financiación antes de hora... pero si la comercial del concesionario te dijo que estás en tu derecho de desistir del seguro, es que no te lo incluyeron como vinculante en tu contrato de permanencia. He visto contratos de todo tipo, en algunos te dice expresamente que no se podrá cancelar seguro ni crédito, en otros solo hablan de compromiso en no cancelar crédito.
Yo lo que haría es que si todavía estás en plazo de desistimiento, llama y cancela el seguro, si te preguntan por tu concesionario diles que ellos ya están informados que vas a desistir.
 
en mi caso la comercial de mi ciudad (que al final no se lo compre a ella), en un arranque de sinceridad me dijo que eso era papel mojado y que si desistías antes de plazo que lo daban por asumido ,que lo hacían firmar porque les obligaba Cetelem pero que no iban a ejecutar ninguna acción legal...... fue lo que me dijo textualmente
 
Según los compromisos que se firmaron no se puede ni quitar seguro, ni cancelar financiación antes de hora... pero si la comercial del concesionario te dijo que estás en tu derecho de desistir del seguro, es que no te lo incluyeron como vinculante en tu contrato de permanencia. He visto contratos de todo tipo, en algunos te dice expresamente que no se podrá cancelar seguro ni crédito, en otros solo hablan de compromiso en no cancelar crédito.
Yo lo que haría es que si todavía estás en plazo de desistimiento, llama y cancela el seguro, si te preguntan por tu concesionario diles que ellos ya están informados que vas a desistir.

El problema es que como no se lo que firmé, porque fue en tablet y no me enseñaron el contrato ni nos dan una copia con el de Cetelem. De esta manera que lo hacen tampoco creo que sea muy legal.

De todas formas llamaré a Cetelem a ver que me dicen, y las pegas que me ponen.
 
El problema es que como no se lo que firmé, porque fue en tablet y no me enseñaron el contrato ni nos dan una copia con el de Cetelem. De esta manera que lo hacen tampoco creo que sea muy legal.
De todas formas llamaré a Cetelem a ver que me dicen, y las pegas que me ponen.
No utilices esa técnica o te marearán y te buscaran la vuelta.
Tienes que ir seguro y decidido, sin dudas, ni consultas a ver que te dicen...
Simplemente tienes que llamarles y decirles que quieres ejercer el derecho de desistimiento y cancelar el seguro de protección de pagos, el cual es opcional (Ley de Contrato del Seguro)
Te preguntarán si tu concesionario está al corriente de esta cancelación, evidentemente les dices que sí
No hay que entrar en su juego, que primero pases por el concesionario, ni otras milongas del estilo.
 
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