Ceed Campeador
Forero Habitual
- Vehículo/s
- KIA CEED TECH mk3 Gasóleo 1.6 CRDi 136cv Automático 7DCT 2018
Primero.Hola @Ceed Campeador
hace ya algunos años tenia un seguro a todo riesgo sin franquicia y lleve a que me arreglaran todos los desperfectos que tenia, varios raspones y arañazos, no muy escandalosos, en cuanto el perito lo vio, me dijo, que sepas que esto son varios partes, a lo que le dije, ok, lo tengo a todo riesgo, a los 15 dias me mandaron una carta los de la compañia, que en un mes rescindian el seguro, tal cual
Un saludo
Por ley, en toda clase de seguros, incluso en los de vida, la obligación del asegurado/beneficiario es comunicar al asegurador el siniestro acontecido, en el plazo de 7 días desde que tenga conocimiento del hecho. Entre otras cosas esto es para que el asegurador pueda hacer las averiguaciones necesarias para comprobar y estar seguro que el siniestro es como ahora aparenta ser, que no hubo fraudes, apaños, etc. (En caso extremo, difícilmente podría investigar si han pasado años desde el hecho. Hay que poner un plazo, como con la prescripción, y la ley establece 7 días).
Por tanto, si vamos a la Compañía diciendo que queremos reparar 6, 7, .....x roces, lo más seguro es que sean por 6, 7, .....x siniestros, la mayoría de ellos de más antigüedad que esos 7 días (El metal descubierto por un roce está ahora oxidado, prueba de que han pasado más de los 7 días, etc). Los "antiguos" no te los cubrirán, amparándose en la Ley General de Seguros.
Segundo.
Los siniestros dentro de esos 7 días han de indemnizarlos (repararlos) aunque sean diversos. Por supuesto que uno puede tener mala suerte y acontecerle varios siniestros dentro de 7 días. Pero no ha de existir prueba de que son anteriores.
Tercero.
Quizás por entender mala fe contractual (comunicar siniestros que el asegurado sabe o debe saber que están caducos, es decir, son de más allá de los 7 días, a ver si "cuelan") la compañía pone en práctica una política de deshacerse de este tipo de clientes.
Ahora bien, como las pólizas son anuales, la compañia, salvo fraudes que son a su vez delictivos, no puede suspender o cancelar el contrato unilateralmente y deberá seguir cubriendo al asegurado hasta el fin de la vigencia de la póliza. Sí puede comunicarte la rescisión en cualquier momento pero diciendo que se hará efectiva al finalizar dicha vigencia. Si eso hizo la compañía, estuvo bien. Y si esa rescisión tras un mes suponía el adelanto del fin del contrato, fué ilegal, de modo que habrías tenido las de ganar sufriendo un pleito para indemnizarte siniestros que se hubieran producido en el período ilícitamente desasistido. En cualquier caso, como poco tendrías derecho, si te allanases, a la parte proporcional de la cuota que pagaste y no disfrutaste. Pero ya se sabe, las grandes compañías piensan muy acertadamente que la gente no se va a quejar y menos pleitear por unos cientos de euros.
Siempre digo lo mismo: Por poco, normalmente, claro que no merece la pena pleitear, pero denunciar los hechos a las autoridades administrativas es gratis y debería ser una obligación de todos hacerlo, porque al menos, por las infracciones a la Ley de Consumidores, La Ley de Seguro, La Normativa Bancaria, etc claro que son sancionadas y si les lloviese las sanciones de todos, otro gallo cantaría.
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