Gavira
Forero Experto
- Ubicación
- (∀ꟽ) sn̗uɐꓭ oʇɹǝnԀ
- Vehículo/s
- Mazda CX-5 2.5i 4WD
Si cancelas una hipoteca levantar la escritura de la misma te puede llevar unos 600€
Si el inmueble no lo vas a vender es una tontería hacer ese gasto, si falleces son tus herederos los que tienen que tienen que soportar ese gasto si o si para ponerlo a su nombre como herencia, pero después de fallecido...
Vamos... que si no lo vendes es una tontería hacer ese gasto... y administrativamente creo que queda gratuitamente traspasado a tu nombre a los 20 años.
La inscripción hasta que no se cancela, queda anclada a la vivienda y como carga para cualquier siguiente efecto.
Hay muchas "tonterías" que dejan de ser tontería cuando tocas a la puerta de los que dan créditos.
Otro ejemplo, ya que te leo interesado en el tema, y similar, tampoco es "obligatoria" hacer una declaración de obra nueva si construyes sobre un solar que es tuyo. Te llegará IBI, y quedará dada de alta en catastro, pero no en la Escritura. En el 2000 está la línea entre certificado de antigüedad y declaración de obra nueva antigua.
Y así podríamos estar toda la tarde poniendo "ejemplos".
Mi consejo es que una vez que se liquide el pago de una hipoteca, a continuación se realice la cancelación de la escritura de hipoteca de la misma.