Reducción precio por incapacidad

Pues eso no es lo que sale en la web del ayuntamiento de Bilbo sale esto........

  • Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica:
    • Exención para vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad para su uso exclusivo.
      • Certificado acreditativo de la discapacidad y, en su caso, del estado de movilidad reducida emitido por órgano competente.
      • Declarar el destino del vehículo, que debe ser de uso exclusivo de persona con discapacidad.

Pero es que MANUCHAO lo que está diciendo es que tienes que tener movilidad reducida. Creo que el problema es que tiene declarada una discapacidad pero que no limita la movilidad, y ahí está el quid de la cuestión. Quizá otros ayuntamientos son más permisivos y con tener declarada una discapacidad ya te realizan la exención.

Por eso digo, que cada ayuntamiento tiene sus normas y este impuesto depende de la ordenanza municipal de cada localidad.

Saludos.
 
no, es necesario tener movilidad reducida y eso por desgracia lo se muy bien de primera mano
 
Pero es que MANUCHAO lo que está diciendo es que tienes que tener movilidad reducida. Creo que el problema es que tiene declarada una discapacidad pero que no limita la movilidad, y ahí está el quid de la cuestión. Quizá otros ayuntamientos son más permisivos y con tener declarada una discapacidad ya te realizan la exención.

Por eso digo, que cada ayuntamiento tiene sus normas y este impuesto depende de la ordenanza municipal de cada localidad.

Saludos.
tal cual cómo lo dices

hablando con la chica del ayuntamiento me ha comentado qué un municipio cercano a Bilbao galdakano ....hay por ejemplo yo no lo pagaría pero que en Bilbao o tienes movilidad reducida o nada

saludos
 
no, es necesario tener movilidad reducida y eso por desgracia lo se muy bien de primera mano
eso es..... aquí en este municipio o tienes movilidad reducida o tienes que pagarlo

cada municipio tiene sus normas pero la mayoría es lo que tú comentas.... o tienes reducida o nada
 
Valoración de Dependencia y Discapacidad - Valoración de la Discapacidad - La Solicitud de la valoración de la discapacidad - Bizkaia.Eus
Por lo que veo, todas las comunidades autónomas funcionan prácticamente igual en según que servicios. No hace falta tener movilidad reducida para la rebaja del impuesto.
en este caso dentro de la misma comunidad hay municipios que estarían exentos solo con tener discapacidad
y otros que te exigen a movilidad reducida
 
no, es necesario tener movilidad reducida y eso por desgracia lo se muy bien de primera mano
En Málaga no hace falta tener movilidad reducida, simplemente con tener una incapacidad de cualquier tipo, no se exactamente el porcentaje mínimo, se está exento de pagar el permiso de circulación (solo de un coche) . Por tanto si parece ser que depende de cada Ayuntamiento.
 
En Málaga no hace falta tener movilidad reducida, simplemente con tener una incapacidad de cualquier tipo, no se exactamente el porcentaje mínimo, se está exento de pagar el permiso de circulación (solo de un coche) . Por tanto si parece ser que depende de cada Ayuntamiento.
el mínimo es el 33%
 
Tienes el certificado de incapacidad de Seguridad Social?
Te han valorado la incapacidad dandote un porcentaje más exacto y el grado de movilidad que tienes?
 
Tienes el certificado de incapacidad de Seguridad Social?
Te han valorado la incapacidad dandote un porcentaje más exacto y el grado de movilidad que tienes?

Es que las incapacidades NO SÓLO SON DE MOVILIDAD, que ahí está el quid de la cuestión.
 
Es que las incapacidades NO SÓLO SON DE MOVILIDAD, que ahí está el quid de la cuestión.
efectivamente!!!
yo tengo discapacidad sin grado de movilidad la mía es física pero hay muchas personas que es intelectual y tiene la capacidad de movilidad intacta
yo la tengo limitada pero no lo suficiente para que me den un grado alto
 
Yo tambien tengo una incapacidad permanente total, el certificado que me mando Seguridad Social dice que tengo una incapacidad del 33% o mas. Es un poco genérico.
Solicite información en el Departamento de Bienestar Social y familias, y me hicieron una valoración médica, asignándome una incapacidad del 35% y un grado de movilidad de 5. Documentado con su correspondiente certificado y carnet para presentar cuando sea necesario.
 
Yo tambien tengo una incapacidad permanente total, el certificado que me mando Seguridad Social dice que tengo una incapacidad del 33% o mas. Es un poco genérico.
Solicite información en el Departamento de Bienestar Social y familias, y me hicieron una valoración médica, asignándome una incapacidad del 35% y un grado de movilidad de 5. Documentado con su correspondiente certificado y carnet para presentar cuando sea necesario.
con grado 5 ya te corresponde la tarjeta de aparcamiento y ahorrarte impuesto de circulación
creo ??
 
El impuesto de circulación desde el primer dia que ya no lo pago.
La tarjeta de aparcamiento tengo que volver a mirarlo, porque me dijeron que era un grado 7 o superior, pero el funcionario del ayuntamiento no estaba muy convencido al comentarmelo.
 
El impuesto de circulación desde el primer dia que ya no lo pago.
La tarjeta de aparcamiento tengo que volver a mirarlo, porque me dijeron que era un grado 7 o superior, pero el funcionario del ayuntamiento no estaba muy convencido al comentarmelo.


Para solicitar la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad empadronadas en Barcelona:

  • Debe estar en posesión del Certificado del Servicio de Valoración y Orientación que acredite que supera el baremo de movilidad referente al baremo fijado en el anexo 3 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de Diciembre, de procedimiento, declaración y cualificación del grado de disminución (donde se determine la existencia de dificultades para utilizar el transporte público colectivo o bien dificultades de movilidad) o que comple el requisito a que se refiere el artículo 3.3 del Decreto 97/2002, es decir, personas qeu tengan una agudeza visual bilateral igual o inferior a 0,1, con corrección, o una reducción concéntrica del campo visual igual o menor a 10 grados.
  • Pueden ser titulares de la tarjeta de aparcamiento las personas con discapacidad que superen el baremo de movilidad y conduzcan un vehículo. No obstante, se otorgará una tarjeta identificada como titular no conductor, a las personas que superen el baremo de movilidad y no conduzcan, referente a los vehículos que los transporten, cuando la persona con discapacidad tenga más de 3 años. Esta última circunstancia no será tenida en cuenta en el caso de menores de 3 años que dependen, de manera continuada, de aparatos técnicos imprescindibles para sus funciones vitales.
Para sol·licitar la tarjeta de aparcamiento de transporte colectivo:

  • El vehículo debe ser destinado al transporte colectivo de personas con discapacidad.
  • Es necesario un informe justificativo de la necesidad que realitzarà la Generalitat de Catalunya
Documentación
Solicitud por primera vez y renovaciones por caducidad de titulares no conductores

Para personas con mobilidad reducida y/o discapacidad visual, con certificado de discapacidad:

  • Hoja normalizada de solicitud de la tarjeta.
  • Dos fotografías en color, tipo carnet, del titular de la tarjeta ( no se admiten fotocopias).
  • Fotocopia del Documento de identificación persona (DNI, NIE).
  • Fotocopia de la Tarjeta Acreditativa de la Discapacidad o del Certificado del Servicio de Valoración y Orientación vigente, que acredite que supera el baremo de movilidad referente al baremo fijado en el anexo del Real Decreto 1971/1999, de 23 de Diciembre, de procedimiento, declaración y cualificación del grado de discapacidad (donde se determine la existencia de dificultades para utilizar el transporte público colectivo o bien dificultades de movilidad) o que cumple con el requisito al que se refiere el artículo 3.3 del Decreto 97/2002, personas que tengan una agudeza visual bilateral igual o inferior a 0,1 con corrección, o una reducción concéntrica del campo visual igual o menor a 10 grados. Si el certificado no especifica estas condiciones, no será válido para su presentación.
  • Fotocopia de la documentación que acredite la representación legal, en caso que el titular sea menor de edad o persona incapacitada y el representante no sea el padre, mare o hijo/a.
Para personas con mobilidad reducida a causa de una enfermedad extrema:

  • Hoja normalizada de solicitud de la tarjeta.
  • Dos fotografías en color, tipo carnet, del titular de la tarjeta ( no se admiten fotocopias).
  • Fotocopia del Documento de identificación persona (DNI, NIE).
  • Informe médico, emitido por el Servicio Público de Salud, que acredite los requisitos para la concesión de la tarjeta de aparcamiento provisional. Puede descargar el modelo de informe mèdico.
  • Fotocopia de la documentación que acredite la representación legal, en caso que el titular sea menor de edad o persona incapacitada y el representante no sea el padre, mare o hijo/a.
Solicitud por primera vez y renovaciones por caducidad de titulares conductores

  • Los mismos documentos que en el caso de personas con mobilidad reducida y certificado de discapacidad.
  • Fotocopia del carnet de conducir.
Solicitud por primera vez y renovaciones por caducidad para transporte colectivo

  • Hoja normalizada de solicitud de la tarjeta.
  • Fotocopia de la ficha técnica del vehículo.
  • Fotocopia del permiso de circulación del vehículo.
  • Fotocopia del DNI o NIF del titular y del representante, así como del documento acreditativo de la representación.
 
La información que aportas Tarraco, está muy bien. Yo ya he pasado por ella sin éxito, porque el baremo de movilidad es de 7 o superior, y a mi me concedieron menos.
 
Os comento, muchas veces opinamos con desconocimiento de los temas y no nos ayudamos ni resolvemso dudas.
No se si este hilo tendra que ir en otra seccion, que los moderadores hagan lo oportuno.
Voy a detallar mi experiencia por si puedo ayudar o si a alguien por desgracia le pasara lo mismo que a mi.

El seguro de pagos es Cardif a traves de Cetelem que es la finaciera de Kia.
El seguro en sus clausulas cubre a parte de fallecimiento, IP, etc... al 100% si se produce despues de la firma, y OJO si es una enfermedad ya existente y la IP te la han dado despues de la firma te corresponde un 40%, en las condiciones esta escrito por si alguno lo quiere ver.

Ahora viene todo lo que estoy pasando llevo mas de un mes, mandando informes, resoluciones, datos. son ya mas de diez llamadas, un monton de correos a Cardif, y cada vez que mando datos automaticamente me responden que aporte mas y ademas debe de ser uan respuesta automatica por el tipo de PDF que te mandan....
Voy a lucgar hasta el final, desde Cetelem me dicen que ellos no pueden ahcer nada y desde el concesionario lo mismo.
El caso es que tendre que ir a la oficina del consumidor y tendre que exponer todo esto.
Llevo un desgaste emocional con todo esto importante, que supongo que es lo que ellos quieren y que desista, pero no lo voy a hacer ya que me pertenece y voy con la verdad por delante, pero es una impotencia y rabia que cada vez que te piden algo te mandan otro correo pidiendote cosas que ya no sabes ni donde pedirlas.
Mande la resolucion de la IP, informes medicos, con diagnosticos, pruebas....todo lo inimaginable, pues nada... a dia de hoy no he conseguido nada, al reves desesperacion y rabia de ver como se rien de la gente.
Deseo que no tengais que pasar por esto.........
 
Llevo un desgaste emocional con todo esto importante, que supongo que es lo que ellos quieren y que desista,

No lo dudes ni por un momento. Eso es lo que van buscando con todo ese maremagnum de gestiones burocráticas. No sé si has visto la película de dibujos animados de "Las doce pruebas de Astérix". Pues justo eso es lo que buscan, que te canses, te vuelvas loco, y desistas.

pero no lo voy a hacer ya que me pertenece y voy con la verdad por delante, pero es una impotencia y rabia que cada vez que te piden algo te mandan otro correo pidiendote cosas que ya no sabes ni donde pedirlas.

Estoy contigo a muerte, si te corresponde y es ley, lúchalo hasta el final. Eso sí, la mejor manera de llevar estos temas es asumiendo la realidad, que la otra empresa te trata como un trozo de carne con ojos y que le importas una mierda, que les da igual tu incapacidad y que sólo piensan en beneficio, beneficio y más beneficio. Partiendo de esa premisa, tú tienes que intentar hacer lo mismo, si para ellos eres simplemente una chinita en el zapato que se quieren quitar, ellos para tí no son más que una empresa que se ha puesto enmedio de un derecho que te corresponde. Intenta desconectar personalmente de ello y asume que simplemente te va a tener que tocar hacer un montón de trámites para conseguirlo.

Como sé que esto es muy difícil, yo (que por desgracia también sé como funcionan todos estos temas cuando luchas con una gran empresa por algo que te corresponde y es claro, pero que luego en una situación real no te ponen más que trabas) lo que recomiendo es tomarse una tarde en el sofá, respirar hondo, desconectar emocionalmente del problema (difícil, pero se puede) y poner en una balanza el beneficio que puedes sacar frente al esfuerzo que te va a costar conseguirlo. Porque lo de luchar contra el mundo para conseguir el ideal de las películas de hollywood, que te reconozcan el derecho, está muy bien para eso, para las películas, pero si al final vas a tener que perder días, meses, o años de tu tiempo, y un montón de dinero, que quien sabe si vas a recuperar después, en algo que no está 100% claro o que te va a aportar una mierda de beneficio, dicho con todo el respeto, a mí personalmente no me merece la pena (yo esto lo digo después de haber tenido una disputa contra una empresa de reconocido prestigio, y de haber aprendido a base de años luchando para obtener una recompensa más bien pobre, eso sí, tengo una maravillosa sentencia judicial que me da la razón, y que tengo guardado en un cajón y no me aporta absolutamente nada en mi día a día, los casi 10 años perdidos, eso no me los devuelve el papelito).

Mande la resolucion de la IP, informes medicos, con diagnosticos, pruebas....todo lo inimaginable, pues nada... a dia de hoy no he conseguido nada, al reves desesperacion y rabia de ver como se rien de la gente.
Deseo que no tengais que pasar por esto.........

Llegados a este punto, sinceramente, y después de la reflexión que te planteaba anteriormente, creo que la única vía que te va a quedar es la judicial, si es que decides seguir adelante. Porque consumo, ya te lo digo, no puede imponer el cumplimiento de contratos. Lo único que hacen es darles un toque y como mucho imponerles una sanción, que no cobras tú sino la Comunidad Autónoma en la que residas. Así que si sigues adelante, ve pensando en contratar los servicios de un buen abogado especializado en estos temas.

Saludos.
 
No lo dudes ni por un momento. Eso es lo que van buscando con todo ese maremagnum de gestiones burocráticas. No sé si has visto la película de dibujos animados de "Las doce pruebas de Astérix". Pues justo eso es lo que buscan, que te canses, te vuelvas loco, y desistas.



Estoy contigo a muerte, si te corresponde y es ley, lúchalo hasta el final. Eso sí, la mejor manera de llevar estos temas es asumiendo la realidad, que la otra empresa te trata como un trozo de carne con ojos y que le importas una mierda, que les da igual tu incapacidad y que sólo piensan en beneficio, beneficio y más beneficio. Partiendo de esa premisa, tú tienes que intentar hacer lo mismo, si para ellos eres simplemente una chinita en el zapato que se quieren quitar, ellos para tí no son más que una empresa que se ha puesto enmedio de un derecho que te corresponde. Intenta desconectar personalmente de ello y asume que simplemente te va a tener que tocar hacer un montón de trámites para conseguirlo.

Como sé que esto es muy difícil, yo (que por desgracia también sé como funcionan todos estos temas cuando luchas con una gran empresa por algo que te corresponde y es claro, pero que luego en una situación real no te ponen más que trabas) lo que recomiendo es tomarse una tarde en el sofá, respirar hondo, desconectar emocionalmente del problema (difícil, pero se puede) y poner en una balanza el beneficio que puedes sacar frente al esfuerzo que te va a costar conseguirlo. Porque lo de luchar contra el mundo para conseguir el ideal de las películas de hollywood, que te reconozcan el derecho, está muy bien para eso, para las películas, pero si al final vas a tener que perder días, meses, o años de tu tiempo, y un montón de dinero, que quien sabe si vas a recuperar después, en algo que no está 100% claro o que te va a aportar una mierda de beneficio, dicho con todo el respeto, a mí personalmente no me merece la pena (yo esto lo digo después de haber tenido una disputa contra una empresa de reconocido prestigio, y de haber aprendido a base de años luchando para obtener una recompensa más bien pobre, eso sí, tengo una maravillosa sentencia judicial que me da la razón, y que tengo guardado en un cajón y no me aporta absolutamente nada en mi día a día, los casi 10 años perdidos, eso no me los devuelve el papelito).



Llegados a este punto, sinceramente, y después de la reflexión que te planteaba anteriormente, creo que la única vía que te va a quedar es la judicial, si es que decides seguir adelante. Porque consumo, ya te lo digo, no puede imponer el cumplimiento de contratos. Lo único que hacen es darles un toque y como mucho imponerles una sanción, que no cobras tú sino la Comunidad Autónoma en la que residas. Así que si sigues adelante, ve pensando en contratar los servicios de un buen abogado especializado en estos temas.

Saludos.
muchas gracias, voy a luchar todo lo que pueda, tengo defensa juridica a traves del seguro del hogar y van a estudiar el caso.
 
muchas gracias, voy a luchar todo lo que pueda, tengo defensa juridica a traves del seguro del hogar y van a estudiar el caso.

Cuidado con la defensa jurídica de los seguros. La defensa jurídica del hogar te cubre únicamente pleitos legales con respecto al bien asegurado, la vivienda, el resto de cosas quedan excluídas. Es muy posible que si les planteas el caso, te hagan un estudio previo del tema y te propongan servicios de abogado y procurador con sus servicios jurídicos, pero naturalmente facturándolos aparte. Aclara muy bien si las consultas te las van a facturar, que luego vienen las sorpresas (los seguros son todos iguales, mira como funciona Cardiff, pues espera más o menos lo mismo de tu seguro de hogar).

Mi recomendación sigue siendo que busques un abogado especializado en estos temas. Consulta a familiares y amigos, seguro que alguno ha tenido algún problema de índole parecida y te puede aconsejar algún abogado. En temas jurídicos, más que en ningún otro tema, lo barato sale muy muy caro. Es preferible pagar un abogado aparte, pero que luego consiga sacarlo adelante. Una vez metidos en el fregao, cuantas más garantías de éxito mejor.

Una prueba de que un abogado sea bueno en su campo es si trabaja a éxito. Posiblemente el beneficio que saques va a ser mucho menor, pero tú piensa, que si no gana no cobra, así que está claro que, como a nadie le gusta trabajar gratis, el tío sabe lo que hace y lo hará bien, por la cuenta que le tiene.

Te lo digo, nuevamente, por experiencia propia.

Saludos.
 
Volver
Arriba