Record de avería rápida.

Este comentado tuyo denota que no tienes ni idea de como funcionan los contratos de renting (y lo peor es que la mayoría de la gente piensa como tu y luego se lleva el chasco). Cuando contratas un renting, salvo que contrates el servicio de coche de sustitución (que lógicamente tiene un coste y una duración máxima de días al año), si el coche tiene una avería te quedas sin coche, igual que si el coche fuera tuyo. En este tipo de situaciones, el renting no supone ninguna ventaja respecto de una compra tradicional.

Saludos

PD: Trabajé 5 años en una de las empresas de renting más importantes que operan en España, por si no te fías de mi criterio
Que tu empresa no lo aplicara en sus contratos, no significa que fuera lo correcto, hay tantas cláusulas abusivas en los contratos que no me sorprende.
No dudo de tu criterio, si tú lo dices tus razones tendrás, pero sí te digo que antes de postear algo me leo las normativas reguladoras de la materia, intento no hacer afirmaciones a ciegas ni desde la barra de bar.
Aquí pongo la normativa reguladora y en color negrita dice bien claro: "mantener al arrendatario en el goce pacífico del arrendamiento por todo el tiempo del contrato", "incluye la reparación del bien cedido o su reemplazo por otro similar, de modo definitivo o mientras dura el arreglo del primero".

Dicho en cristiano el empresario de renting debe de garantizar al arrendatario, mientras dure el contrato, el uso y disfrute de la cosa arrendada, incluyendo su reemplazo por otro similar mientras dure la reparación de la cosa. Osea que si la cosa arrendada (coche) se estropea, debe de ser reemplazado por otro coche similar.


"El contrato de renting es un contrato atípico cuyo régimen jurídico será, en primer lugar, el que corresponda a lo pactado por las partes en el contrato, siempre que no sea contrario a la ley, a la moral o al orden público. En defecto de regulación expresa, se aplicará, en primer lugar, el Código de Comercio u otras leyes mercantiles, en su defecto, los usos de comercio y, finalmente, las normas de Derecho Común o Derecho Civil.

Los artículos 2 y 50 del Código de Comercio son aplicables al arrendamiento mercantil y remiten a la normativa civil sobre arrendamiento de cosas, aunque adaptándola al carácter mueble del bien.

1) OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO DE RENTING

Las obligaciones esenciales del empresario de renting son entregar al arrendatario la cosa objeto del contrato, hacer en ella durante el arrendamiento todas las reparaciones necesarias a fin de conservarla en estado de servir para el uso a que ha sido destinada y mantener al arrendatario en el goce pacífico del arrendamiento por todo el tiempo del contrato.

- Debe entregar del bien en las condiciones pactadas.
- Debe conservarlo. La empresa de renting se hace cargo de su mantenimiento, asumiendo su coste, seguros e impuestos. Esta obligación generalmente incluye la reparación del bien cedido o su reemplazo por otro similar, de modo definitivo o mientras dura el arreglo del primero.
-Responde del saneamiento y evicción por los vicios y defectos ocultos de la cosa entregada"
 
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Os vais del tema inicial... Que es la avería.
 
Lo que no entiendo es que digas que estas satisfecho con kia..cuando lleva el coche 4 meses en el taller..y averia al segundo dia…eso es lo que menos me gusta de kia..compras un coche nuevo ..y a los 2 dias al taller.. una kk
No he dicho que este contento con kia. He dicho que al menos en mi caso la gestión del coche de sustitución, y principalmente el concesionario me lo ha resuelto de forma adecuada y eficiente. Con respecto a la avería, aparte del fastidio, lo que verdaderamente es demencial, es que los suministros no lleguen. Pero me he informado y no es un problema con Kia, es general, y en estos casos el usuario final es el más perjudicado. Mi post era un poco para exponer este gran problema de fondo, por un lado y la presunta "fragilidad" de los gris de Kia motors.
 
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Hola a todos. Os cuento. Hace un mes contraté un renting de un flamante kia sportage 1.6 crdi mhev 100kw (136cv) drive 4x2, que recogí en Valencia.
Pues bien, saqué el coche el viernes 16-12-22, me fui a casa (un pueblo a 30 km) y el domingo por la tarde salí a "hacer km" y me apareció una luz naranja en el cuadro (el icono del bloque motor) y un mensaje en la pantalla, de que llevara el coche al taller. Kilómetros totales recorridos 130 en 3 días.

La gestión de atención en carretera, impecable telefónicamente y como el código de luz de la avería era naranja (rojo es párate ya) pude circular sin contratiempos. En fin, en el "conce" la avería que se detecto: fallo en el módulo que gestiona el Adblue. Estimación de llegada de la pieza: indeterminada. Así que mi sensación es de estupefacción e incredulidad, puesto que apenas he llegado a "consumar el matrimonio" y en el viaje de novios con el coche, ya lo tengo en el hospital sin fecha concreta. Lleva mes y medio, en concreto desde el 19 de diciembre.

Pero no todo es malo. En lo positivo está la atención profesional del concesionario (Mercamoto en Valencia) y la resolución del problema de disposición de vehículo de sustitución. En concreto me asignaron un Sportage MK4 también MHEV diesel con techo solar y escasos 1600 km a sus espaldas. Iba espectacular, y digo iba, porque hace apenas cuatro días, me llamaron que tenía que cambiar el coche por tema de renovación de pólizas de seguros, así que fui y me asignaron un Sportage motor gasolina de 150 cv recién traído y todavía con el polvo de la carpa (ni les había dado tiempo a limpiarlo) y con solo ¡9 km recorridos!

Así que recapitulando, en menos de 2 meses he estrenado 3 coches diferentes todos KIA, todos Sportage, pero diferentes "añadas" y prestaciones. Un "lujazo" y una sensación agridulce, que espero se quede en una batallita a contar, como he hecho aquí abusando de vuestra paciencia lectora.
COCHE DE REESTRENO
Buenas noches a todos los miembros del foro. Cuatro meses después de este incidente, definitivamente he recuperado mi coche con la maldita pieza cambiada y recién llegada de Oriente, como los RRMM. En definitiva, lo he reestrenado.
En mi caso como comenté, el servicio de atención al cliente del concesionario (Mercamoto en Valencia) ha funcionado de manera muy eficiente en todo momento. Salvando el mega retraso en el suministro (al parecer general a nivel mundial) todo podría quedar en una anécdota, con pros y contras. Para entender mi consideración al respecto, tengo que aclarar que mi coche es de renting, lo que hace que la situación me afectara de forma muy diferente a lo que a un propietario lo haría ante el mismo problema.

Todo esto lo cuento simplemente por dejar constancia de la avería, de la atención al cliente y del dilatado tiempo de resolución. El resto es circunstancial.

Por otro lado esta peculiar situación me ha permitido tener una experiencia de conducción y uso del sportage turbo de 150 cv gasolina de tres meses y casi cinco mil km, por lo que en breve, como se me sugirió aquí mismo tiempo atrás, podré hacer una comparativa personal de esa versión con la mía, el mhev diésel de 136cv.

Tardaré un tiempo, puesto que con mi coche apenas llevo 300 km y no es suficiente para hacer una comparativa real y equiparable. No obstante encuentro ya diferencias significativas, de las que doy un apunte: consumos cerca de 1 litro inferior.
Bueno, me gusta (como podéis comprobar) explayarme, para exponer el escenario general. Espero que algo de lo relatado os pueda ayudar. Gracias por leerme.
 
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