Afectados por fallo modulo de carga ICCU y ENCUESTA

¿Mi EV3 dio fallo del módulo de carga (ICCU)?

  • Si

    Votos: 48 47,5%
  • No

    Votos: 50 49,5%
  • Tuve otro tipo de fallo

    Votos: 3 3,0%

  • Votantes totales
    101
¿Pero te has leido el artículo que enlacé?

El artículo 71 por sí sólo puede dar a entender una cosa, pero la interpretacion de las leyes hay que hacerlas en su conjunto. Hay que leerse la redacción completa de la ley de consumidores para hacer una interpretación correcta.

En el enlace que puse antes, está la interpretación de dicha ley completa por un abogado. Y esa interpretación corresponde a la aplicación de esa misma ley que están haciendo ahora mismo los juzgados, esa es ahora mismo la doctrina aplicada.

Otra cosa es que me pudieras decir, mira, es discutible que esa interpretación sea la correcta. Pues bueno, ahí hasta te podría dar la razón, desgraciadamente las leyes nunca las publican para que sean blanco o negro, precísamente porque hay infinitas casuísticas y hay que tratar de dar cobertura a todas. En ese caso quien considere que la doctrina aplicada es incorrecta siempre puede interponer una demanda e intentar recurrir, si no le dieran la razón (que no se la van a dar, al menos en primera instancia) hasta la instancia más alta que se pueda, para cambiar la jurisprudencia.
Pero a día de la fecha, lo que comentaba, la interpretación que están haciendo los juzgados de la ley es que el derecho a desistimiento asiste al consumidor sólo en los contratos celebrados a distancia. Precísamente la última modificación que se hizo de dicha ley se hizo, entre otras cosas, por este motivo, para evitar que compraras una cosa online que no habías visto ni tocado y no lo pudieras devolver si el vendedor no te lo permitía.

Enlazo de nuevo el documento, ya que en mi opinión es bastante clarificador.


Leído el artículo y como profesional del derecho, ese artículo está muy equivocado.
 
Leído el artículo y como profesional del derecho, ese artículo está muy equivocado.
Ahí ya no entro. A mí personalmente la exposicion que hace ese abogado me parece muy razonable (dentro de lo razonable que le puede parecer a alguien que no es jurista pero que, por desgracia, le ha tocado pegarse en temas judiciales) y ya no sólo eso, es que esa interpretación coincide con la información que se transmite desde muchos estamentos, entre ellos, alguna que otra organización de consumidores como la OCU (que tienen juristas especializados en la materia).

Si tú como profesional del derecho tienes otra interpretación, no seré yo quien la discuta, pues no estamos en el mismo nivel, pero si realmente eres profesional "del gremio" sabrás que en estos ámbitos las cosas no son tan sencillas como decir "yo llevo razón y ya está". Para empezar tienes que presentar una demanda, te la tienen que aceptar, se tiene que tramitar, se tiene que emitir una sentencia, posibilidad de recursos o apelaciones, además te pueden estimar tu demanda parcialmente... es un mundo bastante bastante complejo y de resultado incierto. Y sobre todo costoso y lento. No me quisiera ver yo en esas.

Si fuera tan sencillo devolver un coche nuevo si te sale rana, tendríamos 50.000 casos ya documentados circulando por la red, porque por desgracia los coches nuevos fallan, y en todos los modelos salen unidades rana (ya ni te digo modelos que salen con defecto de fábrica masivo como es el caso). Y no encuentras ni un sólo caso por la red que lo comente. No creo que la mano negra de los fabricantes sea tan grande como para silenciar todos esos hipotéticos casos en internet/redes sociales.

Saludos.
 
Ahí ya no entro. A mí personalmente la exposicion que hace ese abogado me parece muy razonable (dentro de lo razonable que le puede parecer a alguien que no es jurista pero que, por desgracia, le ha tocado pegarse en temas judiciales) y ya no sólo eso, es que esa interpretación coincide con la información que se transmite desde muchos estamentos, entre ellos, alguna que otra organización de consumidores como la OCU (que tienen juristas especializados en la materia).

Si tú como profesional del derecho tienes otra interpretación, no seré yo quien la discuta, pues no estamos en el mismo nivel, pero si realmente eres profesional "del gremio" sabrás que en estos ámbitos las cosas no son tan sencillas como decir "yo llevo razón y ya está". Para empezar tienes que presentar una demanda, te la tienen que aceptar, se tiene que tramitar, se tiene que emitir una sentencia, posibilidad de recursos o apelaciones, además te pueden estimar tu demanda parcialmente... es un mundo bastante bastante complejo y de resultado incierto. Y sobre todo costoso y lento. No me quisiera ver yo en esas.

Si fuera tan sencillo devolver un coche nuevo si te sale rana, tendríamos 50.000 casos ya documentados circulando por la red, porque por desgracia los coches nuevos fallan, y en todos los modelos salen unidades rana (ya ni te digo modelos que salen con defecto de fábrica masivo como es el caso). Y no encuentras ni un sólo caso por la red que lo comente. No creo que la mano negra de los fabricantes sea tan grande como para silenciar todos esos hipotéticos casos en internet/redes sociales.

Saludos.

En materia de consumo no es cien por cien necesario ir a la vía judicial. Hay organismos públicos en materia de consumo que pueden hacer cumplir los derechos del consumidor (imponiendo sanciones) sin necesidad de liarse a demandas.
 
En materia de consumo no es cien por cien necesario ir a la vía judicial. Hay organismos públicos en materia de consumo que pueden hacer cumplir los derechos del consumidor (imponiendo sanciones) sin necesidad de liarse a demandas.
Jajaja, esta sí que es buena. Imponiendo sanciones. ¿Sabes lo que les importa en general a las grandes multinacionales las saciones que les puedan imponer en materia de consumo? Pues juntas la N con la A y te da el resultado.

Aparte que a tí que le sancionen o no te da lo mismo, pues no soluciona tu problema. Que sancionen a una empresa no le va a obligar a que te compensen por el daño causado.

Ya me tocó hace años pegarme con una constructura por un tema que no viene al caso, iniciamos la vía de consumo, y no valió absolutamente para nada (a pesar de que habían vulnerado varios artículos de la ley de protección a los consumidores), ni hubo sanción ni me resacieron de ningún modo. Al final demanda por lo mercantil, es lo único que vale.

Saludos.
 
Buenas, ya que no me llaman de taller y no me piedo pasar por el concesionario esta semana, he llamado a kia españa para preguntar por las actualizaciones de las iccus que están haciendo a algunos usuarios desde taller.
Me dicen que no tienen constancia de ninguna actualización. En fin, he llamado para nada. A ver si me puedo pasar por el conce.
Alguno de Andalucía Oriental os han actualizado la iccu en taller? si no me actualizan en el mio de Granada estoy por ir a otra kia a que me lo actualicen.
El viernes escribí a mi taller de Málaga, me preguntaron por la matrícula y el lunes por la mañana me llamaron para darme cita para la actualización. Eso sí, para primeros de abril.
 
El viernes escribí a mi taller de Málaga, me preguntaron por la matrícula y el lunes por la mañana me llamaron para darme cita para la actualización. Eso sí, para primeros de abril.
Gracias, si no consigo que me actualicen en Granada me acercaré a Málaga.
 
¿A alguien de este hilo le dijeron al principio que se había petado un relé y después resultó ser el problema de la ICCU? Porque es lo que me están diciendo ahora mismo.
 
¿Pero te has leido el artículo que enlacé?

El artículo 71 por sí sólo puede dar a entender una cosa, pero la interpretacion de las leyes hay que hacerlas en su conjunto. Hay que leerse la redacción completa de la ley de consumidores para hacer una interpretación correcta.

En el enlace que puse antes, está la interpretación de dicha ley completa por un abogado. Y esa interpretación corresponde a la aplicación de esa misma ley que están haciendo ahora mismo los juzgados, esa es ahora mismo la doctrina aplicada.

Otra cosa es que me pudieras decir, mira, es discutible que esa interpretación sea la correcta. Pues bueno, ahí hasta te podría dar la razón, desgraciadamente las leyes nunca las publican para que sean blanco o negro, precísamente porque hay infinitas casuísticas y hay que tratar de dar cobertura a todas. En ese caso quien considere que la doctrina aplicada es incorrecta siempre puede interponer una demanda e intentar recurrir, si no le dieran la razón (que no se la van a dar, al menos en primera instancia) hasta la instancia más alta que se pueda, para cambiar la jurisprudencia.
Pero a día de la fecha, lo que comentaba, la interpretación que están haciendo los juzgados de la ley es que el derecho a desistimiento asiste al consumidor sólo en los contratos celebrados a distancia. Precísamente la última modificación que se hizo de dicha ley se hizo, entre otras cosas, por este motivo, para evitar que compraras una cosa online que no habías visto ni tocado y no lo pudieras devolver si el vendedor no te lo permitía.

Enlazo de nuevo el documento, ya que en mi opinión es bastante clarificador.


A mi me da la impresión de que este bufete redacta SU interpretación de la ley al respecto, y que lo hace como apoyo/defensa a los distribuidores de vehículos, quizás porque fue consultado (a saber), pero no me parece concluyente salvo para SU interpretación. Entiendo que habría que revisar la posible jurisprudencia en casos como este que se habla aquí para poder afirmar en un sentido u otro.

Es mi interpretación sobre este escrito, no soy de leyes.
 
¿A alguien de este hilo le dijeron al principio que se había petado un relé y después resultó ser el problema de la ICCU? Porque es lo que me están diciendo ahora mismo.
Te habrán querido decir un relé de la ICCU, sino de donde va a ser el rele?
 
A mi me da la impresión de que este bufete redacta SU interpretación de la ley al respecto, y que lo hace como apoyo/defensa a los distribuidores de vehículos, quizás porque fue consultado (a saber), pero no me parece concluyente salvo para SU interpretación. Entiendo que habría que revisar la posible jurisprudencia en casos como este que se habla aquí para poder afirmar en un sentido u otro.

Es mi interpretación sobre este escrito, no soy de leyes.

Aquí otra interpretación en el mismo sentido (Ganvam, tiene cierto prestigio en el sector):


¿Quieres otra?


¿Otra más de otro buffete?


Tienes todas las que quieras. ¿Puede que todas sean opiniones interesadas? Puede. Demostrar que no llevan razón te va a costar una demanda kamikaze y sentar tú mismo la jurisprudencia (recurrir y recurrir).

Casos como el de Erin Brockovich sólo pasan muy de vez en cuando, la mayoría de las veces sólo en las películas, y desde luego no aquí en Europa, no aquí en España.
 
A mi me da la impresión de que este bufete redacta SU interpretación de la ley al respecto, y que lo hace como apoyo/defensa a los distribuidores de vehículos, quizás porque fue consultado (a saber), pero no me parece concluyente salvo para SU interpretación. Entiendo que habría que revisar la posible jurisprudencia en casos como este que se habla aquí para poder afirmar en un sentido u otro.

Es mi interpretación sobre este escrito, no soy de leyes.

Opino lo mismo. No soy especialista en derecho mercantil, pero llevo días leyendo jurisprudencia y he llegado a la conclusión de que, o es lo que tú dices, o son unos profundos ignorantes.

Aquí otra interpretación en el mismo sentido (Ganvam, tiene cierto prestigio en el sector):


¿Quieres otra?


¿Otra más de otro buffete?


Tienes todas las que quieras. ¿Puede que todas sean opiniones interesadas? Puede. Demostrar que no llevan razón te va a costar una demanda kamikaze y sentar tú mismo la jurisprudencia (recurrir y recurrir).

Casos como el de Erin Brockovich sólo pasan muy de vez en cuando, la mayoría de las veces sólo en las películas, y desde luego no aquí en Europa, no aquí en España.
Los artículos de los bufetes no son fuente del derecho. Hay múltiples pronunciamientos que manifiestan lo contrario.
 
Gracias, si no consigo que me actualicen en Granada me acercaré a Málaga.
A mi me van a actualizar el dia 25 en Granada. Me comentan en recepcion del taller que con esta actualizacion "soluciona muchos problemas futuros, que alguno ha podido dar". Espero que sea asi, porque yo con 1800km no he tenido ningun problema de iccu hasta ahora. Mi coche fue matriculado en Diciembre y llegó a puerto en Noviembre.
 
Aquí otra interpretación en el mismo sentido (Ganvam, tiene cierto prestigio en el sector):


¿Quieres otra?


¿Otra más de otro buffete?


Tienes todas las que quieras. ¿Puede que todas sean opiniones interesadas? Puede. Demostrar que no llevan razón te va a costar una demanda kamikaze y sentar tú mismo la jurisprudencia (recurrir y recurrir).

Casos como el de Erin Brockovich sólo pasan muy de vez en cuando, la mayoría de las veces sólo en las películas, y desde luego no aquí en Europa, no aquí en España.

Intereses los hay para dar y vender por y para todas las partes, y seguro que los hay en sentido contrario. Ni pongo ni quito, sólo explico lo que interpreto de ese escrito, que para mi no es concluyente en nada salvo para la interpretación que hace de la ley ese bufete.

Dicho esto, coincido en que para nada debe ser fácil, y espero no verme nunca en la necesidad de meterme en un "fregao" así.
 
Buenas, ya que no me llaman de taller y no me piedo pasar por el concesionario esta semana, he llamado a kia españa para preguntar por las actualizaciones de las iccus que están haciendo a algunos usuarios desde taller.
Me dicen que no tienen constancia de ninguna actualización. En fin, he llamado para nada. A ver si me puedo pasar por el conce.
Alguno de Andalucía Oriental os han actualizado la iccu en taller? si no me actualizan en el mio de Granada estoy por ir a otra kia a que me lo actualicen.
Koume, yo si he preguntado directamente a ARM y me han dicho que ellos no tienen constancia ni indicaciones de que nos tengan que llamar para actualizar.
 
Koume, yo si he preguntado directamente a ARM y me han dicho que ellos no tienen constancia ni indicaciones de que nos tengan que llamar para actualizar.
Gracias, yo he llamado 2 veces esta mañana y no me han cogido. No entiendo por qué actualizan la iccu a unos sí y a otros no. Que intranquilidad !!!
De todas formas intentaré pasarme en persona y a ver que me dicen.
 
Gracias, yo he llamado 2 veces esta mañana y no me han cogido. No entiendo por qué actualizan la iccu a unos sí y a otros no. Que intranquilidad !!!
De todas formas intentaré pasarme en persona y a ver que me dicen.
Pues probablemente porque no estén confiados al 100% de que la solución funcione y la aplican a una muestra concreta para sacar estadísticas y ver si realmente se reduce el porcentaje de fallos o sigue igual. Si se reduce, terminarán llamando a todos.
 
A mí me han dicho en el concesionario que todos los coches que han llegado en Marzo, los están actualizando antes de entregarlo al cliente. A mi me lo van a entregar esta semana y según el comercial está con el software de la ICCU actualizado.
 
Pues probablemente porque no estén confiados al 100% de que la solución funcione y la aplican a una muestra concreta para sacar estadísticas y ver si realmente se reduce el porcentaje de fallos o sigue igual. Si se reduce, terminarán llamando a todos.
Yo creo que no, los talleres cobran la mano de obra a kia durante la garantía, así que me imagino que si no llaman es justamente por eso, si se rompe mejor más dinerito para la hucha......
 
Yo creo que no, los talleres cobran la mano de obra a kia durante la garantía, así que me imagino que si no llaman es justamente por eso, si se rompe mejor más dinerito para la hucha......
Que va, el dinero que le da Kia a los talleres por la mano de obra es irresorio, le pagan la hora muy mal en comparación a lo que ellos la cobran a un cliente externo. Eso es uno de los grandes motivos por lo que los concesionarios a menudo ponga tantas pegas para aplicar garantia, simplemente no les trae a cuenta arreglar vehículo bajo garantía y por ni los quieren.
 
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