Flexiplan Kia Ceed que pasa si a los 4 años dices que no quieres el coche?

Tema en 'General Motor' iniciado por davidgp37, 3 Jun 2019.

  1. davidgp37

    davidgp37 Forero Activo

    Vehículo/s:
    KIA CEED 1.6 CRDI 136cv Tech
    Es una duda que tengo y que ni el comercial de Kia me ha sabido responder. Si yo devuelvo el coche y me cojo otro, como he leído en uno de los pdf que me enviaron por email. Otro de igual precio. ¿Qué pasa? Imagino que hay que volver a pagar la entrada. Si lo entregas con más de 80.000 km en 4 años, algún desperfecto, pues les dejas el coche y aún te cobran algo.

    Y con el nuevo coche has de pagar la entrada o simplemente pagar la letra mensual que este tenga? El comercial no lo sabe y dice que le ha pasado la pregunta a su departamento jurídico, porque parece que en el concesionario no lo saben.

    ¿Sabéis algo de esto?

    Un saludo,

    David
     
  2. Tarraco

    Tarraco Forero Experto

    Vehículo/s:
    Kia Rio 1.2 Drive 2018
    la teoria es que pasados esos cuatro años al coche le dan un valor y si te coges otro restan la diferencia y a seguir pagando por el nuevo,pero eso es la teoria asi que si lo haces que este por escrito que las palabras se las lleva el viento
     
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  3. Miguel_re89

    Miguel_re89 Forero Activo

    Ubicación:
    Majadahonda
    Vehículo/s:
    Kia Ceed (CD) GT-Line CRDI U3 136
    Si lo cambias por otro nuevo, vuelves a empezar el proceso.

    Entregas el que tienes, saldas la deuda y de ahí vienen dos de los 3 caminos, eres libre de coger otro KIA u otro modelo de otra marca.

    Por lo general, al menos en Volkswagen que es con quien hace mi padre este tema (y lleva 4 ya) es que si vuelves a otro kia te sobre tasarán el que vas a entregar con el fin de darte un jugoso precio, bastante mejor que uno que va de primeras. Aún así es la teoría, es lo suyo como se dice, hasta que alguien no pase por ese proceso, no sabría decirte.

    Yo también tengo flexiplan más que nada porque viviendo en Madrid.. a Carmena le da un flus, prohíbe todo aquello que se mueva quemando cosas, y a ver q haces. Aquí cualquiera se compra un coche tocotoco..
     
  4. Cerillas36

    Cerillas36 Forero Activo

    Ubicación:
    Zaragoza
    Vehículo/s:
    Ceed
    A mi me dieron 1000 euros más de lo que quedaba de deuda.
     
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  5. davidgp37

    davidgp37 Forero Activo

    Vehículo/s:
    KIA CEED 1.6 CRDI 136cv Tech
    Bueno está muy bien. Espero que me hagan algo así. Estaría bien. Si te ahorras pagar la letra final y te perdonan pagar la entrada del siguiente? Estaría muy bien. Simplemente seguir pagaando la letra mensual y tener coche nuevo. Si es así me parece genial. Quizás demasiado bien. Casi ni me lo creo. Tan es así que me comercial de kia ni lo sabe. Ni aún me ha dicho nada al respecto. Imagino que el flexiplan de kia lleva poco tiempo y no han completado ninguno.

    Un saludo,

    David
     
    Última edición: 7 Jun 2019
  6. Xús

    Xús Forero Activo

    Ubicación:
    Lerida
    Vehículo/s:
    Kia ceed 1.4 T-GDi GT Line Eco-Dynamics + pack premium.
    Pues está muy claro lo que te pasa si no lo quieres.
    Te quedas sin coche, sin entrada para otro y todo lo que has dado.
    Y por supuesto no tienes coche para dar por entrada.
    Que te van a dar si el coche no es tuyo....
    Hay que pensárselo muy bien, es un poco engañabo.....
     
  7. davidgp37

    davidgp37 Forero Activo

    Vehículo/s:
    KIA CEED 1.6 CRDI 136cv Tech
    Eso también podría pasar, si no pagas la última letra... Pues muy gracias. Es que no lo tengo nada claro y el contrato tampoco lo deja claro
     
  8. davidgp37

    davidgp37 Forero Activo

    Vehículo/s:
    KIA CEED 1.6 CRDI 136cv Tech
    ANEXO AL CONTRATO DE PRÉSTAMO MERCANTIL
    CONDICIONES APLICABLES AL PRODUCTO FLEXIPLAN KIA

    CLÁUSULA I.- OPCIONES DEL TITULAR
    El producto FLEXIPLAN KIA permite al titular del préstamo (en adelante el
    cliente) elegir, al vencimiento del contrato y de acuerdo con las condiciones
    establecidas en el presente anexo, entre las siguientes opciones:

    OPCIÓN 1.- Quedarse con el vehículo financiado:
    Supone el cumplimiento del plan de financiación del contrato de
    préstamo y el pago, a su vencimiento, de la última cuota del préstamo.
    En esta opción, el cliente podrá solicitar a CETELEM la financiación de
    la última cuota del préstamo, operación que estará condicionada a su
    aprobación por parte de CETELEM.

    OPCIÓN 2.- Cambiar el vehículo financiado:
    Si el cliente elige esta opción deberá, en pago de la última cuota del
    préstamo, entregar el vehículo financiado al Concesionario donde lo
    adquirió, de forma simultánea a la adquisición por parte del cliente de
    otro vehículo de la marca KIA. Si no es posible la entrega en el indicado
    Concesionario, cualquiera que sea la causa, CETELEM comunicará al
    cliente el Concesionario en el que realizar la entregar del vehículo.
    CETELEM o, en su caso el Concesionario, asumirá la obligación de
    recompra del vehículo siempre y cuando el vehículo entregado cumpla
    con todas las condiciones descritas en la CLÁUSULA III, y en particular
    se encuentre dentro del límite de kilómetros establecido en la misma y
    se cumplan el resto de condiciones contenidas en el presente anexo.
    El cliente deberá formalizar la compra del nuevo vehículo antes del
    vencimiento de la última cuota.
    Si se cumplen las condiciones pactadas y recogidas en el presente
    anexo, con la entrega del vehículo quedará liberado del pago de la última
    cuota del préstamo.

    OPCIÓN 3.- Entregar el vehículo financiado a CETELEM:
    A través de esta opción, el cliente entregará el vehículo en pago de la
    última cuota del préstamo. La entrega del vehículo se realizará en el
    Concesionario donde lo adquirió, o en otro indicado por CETELEM
    conforme lo indicado en el apartado anterior, en el plazo y condiciones
    detalladas en la CLÁUSULA III.
    CETELEM o, en su caso el Concesionario, asumirá la obligación de
    recompra del vehículo siempre y cuando el vehículo se encuentre en las
    condiciones descritas en la CLÁUSULA III, y en particular se encuentre
    dentro del límite de kilómetros establecido y se cumplan el resto de
    condiciones contenidas en presente anexo.
    Si se cumplen las condiciones pactadas y recogidas en el presente
    anexo, con la entrega del vehículo quedará liberado del pago de la última
    cuota del préstamo.

    CLÁUSULA II.- TIEMPO Y FORMA DE COMUNICAR A CETELEM LA
    OPCIÓN ELEGIDA
    El cliente deberá dirigirse al Concesionario en que adquirió el vehículo para
    realizar una valoración provisional del mismo, y para ser asesorado sobre
    las opciones de fin de contrato.
    La valoración provisional se realizará teniendo en cuenta el cumplimiento
    de las condiciones del vehículo conforme a la CLÁUSULA TERCERA.
    En caso de que el Concesionario ya no participe en el plan FLEXIPLAN KIA
    de CETELEM, CETELEM indicará al cliente un nuevo Concesionario en que
    realizar los trámites.
    La comunicación de la opción elegida por el cliente, una vez disponga
    de la valoración provisional deberá recibirse por CETELEM con al
    menos 45 días naturales de antelación a la fecha de vencimiento de la
    última cuota del contrato de Préstamo.
    Se entenderá que el cliente ha elegido la Opción 1 “Quedarse con el vehículo”,
    debiendo en consecuencia i) Solicitar la financiación a Cetelem de la última cuota
    con los mismos intervinientes y garantías del contrato; ii) Abonar la última cuota
    del préstamo según lo establecido en el contrato de préstamo firmado: a) si no
    comunica la opción elegida ó b) si la misma no se realiza con la antelación señalada.
    La comunicación realizada por el cliente tendrá carácter irrevocable y
    deberá contener:
    1. Datos identificativos del cliente (nombre, apellidos y número de DNI).
    2. Los datos necesarios para identificar la operación :
    a. Nº de contrato del préstamo.
    b. Identificación del vehículo (matricula/ marca/modelo/versión).
    3. Opción elegida. En caso de elegir la Opción 1 “Quedarse con el vehículo”,
    el cliente deberá indicar si está interesado en financiar la última cuota.
    4. Firma de todos los intervinientes del contrato de préstamo
    (titular/es y fiadores en su caso).
    5. Lugar y fecha de entrega del vehículo.
    6. En el caso de optar por la Opción 2 “Cambio de vehículo” los datos
    del nuevo vehículo (marca/modelo/versión y precio de compra).
    7. Valoración provisional del estado del vehículo realizada por
    el Concesionario y los Kilómetros del vehículo hasta la fecha.
    Esta valoración provisional deberá estar firmada y sellada por el
    Concesionario.

    CLÁUSULA III.- OPERATIVA FIN DE CONTRATO Y EJECUCIÓN DE LA
    OPCIÓN ELEGIDA
     
  9. davidgp37

    davidgp37 Forero Activo

    Vehículo/s:
    KIA CEED 1.6 CRDI 136cv Tech
    A) OPCIÓN 1.- Quedarse con el vehículo:
    En este caso el cliente dispone de dos posibilidades:
    1.- Abonar la última cuota del préstamo según lo establecido en el contrato
    de préstamo firmado.
    2.- Solicitar la financiación a CETELEM de la última cuota con los mismos
    intervinientes y garantías del contrato.
    La autorización de la financiación de la última cuota está sujeta a los criterios
    de riesgo de CETELEM, quien podrá solicitar al cliente cuanta información
    adicional sea necesaria para el estudio de su solicitud. En el supuesto de
    no ser aprobada la financiación, el cliente estará obligado al pago de la
    última cuota en el plazo y forma detallado en su contrato.
    La duración de la financiación de la última cuota, sumada a la pactada
    inicialmente en el contrato del que este documento es anexo, no podrá
    exceder, en ningún caso, de un máximo de 120 meses.
    Hasta tanto no se formalice dicha modificación, permanecerá vigente la
    obligación del cliente de pago a su vencimiento de la última cuota del contrato.
    B) OPCIÓN 2 Y 3: Cambio o entrega del vehículo.
    Recibida la comunicación del cliente, CETELEM indicará al cliente la fecha
    de entrega del vehículo en el Concesionario indicado por CETELEM para
    su valoración definitiva. La fecha de entrega del vehículo será como mínimo
    30 días naturales antes del vencimiento de la última cuota del préstamo.
    El Concesionario tomará posesión del vehículo en nombre de CETELEM.
    Una vez entregado el vehículo, el cliente se compromete a aceptar la
    inmovilización del mismo en el Concesionario, hasta que se determine si
    se acepta o no por CETELEM la entrega del vehículo en pago de la última
    cuota del préstamo.
    El Concesionario, una vez recibido el vehículo, procederá a realizar
    valoración definitiva del vehículo en función del grado de cumplimiento de
    las siguientes condiciones:
    1. No superar el número de kilómetros máximo establecido en función
    de la duración del préstamo conforme a lo siguiente:
    • 40.000 km en caso de préstamos de duración igual a 24
    meses.
    • 60.000 km en caso de préstamos de duración igual a 36
    meses.
    • 80.000 km en caso de préstamos de duración igual a 48
    meses.
    • 100.000 km en caso de préstamos de duración igual a 60
    meses.
    En caso de vehículos seminuevos los citados límites se entenderán
    adicionales a los kilómetros iniciales del vehículo.
    En caso de superar dicho límite, y siempre que no se supere el límite
    máximo establecido en la cláusula IV.7 del presente anexo, el cliente
    estará obligado a abonar una penalización de ocho (8) céntimos de euro
    por kilómetro excedido del límite anterior.
    2. Correcto estado de conservación y de funcionamiento de sus
    componentes mecánicos y eléctricos, sin daños de chasis, de
    estructura, de interior (tapicería interior sin manchas, sin roturas, y sin
    quemaduras de cigarrillo o similares), de elementos de seguridad,
    carrocería, sistema de dirección, suspensión, transmisión o frenado,
    o al bastidor o estructura autoportante en los puntos de anclaje de
    alguno de estos órganos y sin defectos mecánicos.
    3. Buen estado de la carrocería, chapa y pintura. Sin daños ni arañazos,
    piel de naranja, gotas, elementos mal ajustados o cambios de color
    original, no aceptándose pinturas parciales.
    4. Buen estado del equipamiento opcional del vehículo adquirido,
    incluida la rueda de repuesto, tornillos de seguridad, de haberlos,
    tarjeta code, así como llave original y de repuesto.
    5. Desgaste de los neumáticos proporcionales a los kilómetros
    contratados, sin defectos y con dibujo dentro de los límites legales. Los
    neumáticos deberán ser iguales en cada eje y de marca homologada
    por el fabricante del vehículo.
    6. Llanta y/o tapacubos en buenas condiciones.
    7. Asimismo el cliente deberá entregar:
    • La documentación firmada para poder realizar la trasferencia
    del vehículo así como documentación original del vehículo,
    entre la que se encontrara, a título enunciativo y no limitativo,
    el manual de instrucciones, la ficha técnica y el permiso de
    circulación.
    • El Libro de servicio o mantenimiento del vehículo en que se
    justifique el cumplimiento del programa de mantenimiento
    previsto por el fabricante y realizado y sellado en la red oficial
    del mismo.
    • Justificante del cumplimiento de las inspecciones ITV.
    • Justificante de estar al corriente del pago de impuesto de
    circulación, y encontrarse libre de cargas, a excepción de la
    reserva de dominio a favor de CETELEM, si la hubiera.
    • Justificante de estar al corriente de pago del seguro a todo
    riesgo del vehículo.
    El Concesionario emitirá un informe con la valoración del vehículo teniendo
    en cuenta el número de kilómetros realizados hasta la fecha y el grado de
    cumplimiento de las condiciones indicadas, en particular, la existencia de
    daños o pérdidas en el vehículo. En el informe se cuantificará el importe
    de la penalización por exceso de kilometraje y las reparaciones necesarias
    para garantizar a CETELEM el abono de la última cuota del crédito.
    El cliente, si no está conforme con la valoración realizada por el
    Concesionario, podrá comunicar en un plazo no superior a 5 días hábiles
    su disconformidad por escrito a CETELEM para que designe un perito
    ajeno al Concesionario para que emita informe en el plazo de 5 días siendo
    su informe de carácter vinculante. El coste de la peritación será abonado
    por el cliente a la empresa de peritaje no siendo responsable Cetelem del
    resultado y/o la gestión realizada por el perito. El cliente se compromete a
    aceptar el informe emitido por el nuevo perito.
    Si tras la obtención de la valoración definitiva, el cliente sigue interesado
    en las Opciones 2 y 3 “Cambio o Entrega del Vehículo”, el cliente deberá
    abonar a CETELEM el importe de la penalización por exceso de kilometraje
    y el importe de las reparaciones establecidas en el informe emitido por el
    Concesionario o el perito designado, con anterioridad a la entrega definitiva
    del vehículo en el Concesionario.
    Entregado el vehículo y, en su caso, abonadas las penalizaciones anteriores,
    CETELEM entregará al cliente documento justificativo de la cancelación del
    préstamo.
    En el supuesto de que el cliente se hubiera beneficiado de alguna exención
    fiscal deberá acreditar que ha abonado o devuelto a la agencia tributaria
    el importe de la exención de la que se benefició antes de la entrega del
    vehículo para poder llevar a cabo el cambio de titularidad del vehículo.
    CLÁUSULA IV.- SITUACIONES QUE OBLIGAN AL CLIENTE A
    ACOGERSE A LA OPCIÓN 1- “QUEDARSE CON EL VEHÍCULO”.
    Sin perjuicio de lo indicado en la cláusula anterior, el cliente perderá el
    derecho de optar entre las distintas alternativas previstas en el presente
    anexo, y por tanto se verá obligado a acogerse a la Opción 1 “Quedarse
    con el vehículo”, en los siguientes casos:
    1. No estar al corriente de pago de todos los recibos de la financiación
    del vehículo.
    2. Cuando el vehículo presente graves daños de estructura o en el chasis,
    cuya reparación exceda el importe de la última cuota.
    3. Cuando el vehículo no se encuentre libre de cargas o gravámenes, a
    excepción de la reserva de dominio a favor de CETELEM si la hubiera.
    4. Si el vehículo hubiera sufrido modificaciones respecto a sus
    características estándar de fabricación, pintado de color diferente al
    color original del vehículo o se encontrará rotulado.
    5. Cuando se aprecie manipulación de cuenta kilómetros del vehículo.
    6. Si se realizará una cancelación anticipada que hubieran afectado
    al importe de la última cuota, conforme a lo indicado en la cláusula
    siguiente.
    7. En caso de que se hayan superado los siguientes límites de kilometraje:
    • 60.000 km en caso de contratos de préstamo de 24 meses de
    duración.
    • 90.000 km en caso de contratos de préstamo de 36 meses de
    duración.
    • 120.000 km en caso de contratos de préstamo de 48 meses de
    duración.
    • 150.000 km en caso de contratos de préstamo de 60 meses de
    duración.
    En caso de vehículos seminuevos los citados límites se entenderán
    adicionales a los kilómetros iniciales del vehículo.
    8. Si no cumple las obligaciones asumidas en la CLÁUSULA III B), y en particula
    1. Si el cliente no entregara el vehículo al Concesionario en el lugar y
    fecha indicados por CETELEM para la valoración definitiva.
    2. Si el cliente no abonara la penalización por exceso de kilometraje
    y/o el importe de las reparaciones detalladas en el informe del
    Concesionario o perito.
    3. Si el vehículo sufriese menoscabos o desperfectos con
    posterioridad a la verificación de su estado por el Concesionario,
    por causa imputable al cliente.
    4. Si el cliente no entrega toda la documentación original requerida.
    5. Si el cliente no está al corriente del pago de cualquier tasa o
    impuesto relacionado con el vehículo y si el vehículo no está libre
    de cargas.
    CLÁUSULA V.- REEMBOLSO ANTICIPADO TOTAL O PARCIAL
    La presente cláusula será de aplicación en todo lo que difiera de la
    establecida en el contrato de préstamo de compra de vehículo, del que el
    presente es anexo.
    Condiciones especiales en caso de cancelaciones parciales:
    El importe mínimo a abonar para poder realizar cancelaciones anticipadas
    será de tres mensualidades del préstamo. Asimismo, dadas las
    particularidades de este producto se establecen las siguientes limitaciones:
    a) Si el importe de la amortización parcial no afecta a la última cuota del
    préstamo:
     
  10. davidgp37

    davidgp37 Forero Activo

    Vehículo/s:
    KIA CEED 1.6 CRDI 136cv Tech
    a. Si el cliente opta por reducir el importe de las mensualidades, el
    importe de la cancelación parcial deberá permitir que se mantenga
    una mensualidad mínima de dieciocho euros, manteniéndose
    el mismo número de mensualidades inicialmente pactado. Si el
    importe de la cancelación parcial no permite mantener el número
    de mensualidades con ese importe mínimo, el cliente perderá su
    derecho a elegir las opciones 2 y 3 del presente anexo.
    b. Si el cliente optar por reducir la duración del contrato, manteniendo
    el importe de la mensualidad, el número de mensualidades
    resultantes, tras las amortización parcial, no podrá ser inferior a
    tres, además de la última cuota. En caso de que el importe de
    mensualidades resultantes fuera inferior a tres, el cliente perderá
    su derecho a elegir las opciones 2 y 3 del presente anexo.
    b) Si la aplicación de la amortización parcial supone reducir el importe
    de la última cuota, el cliente perderá su derecho a elegir las opciones
    2 y 3 del presente anexo, procediendo CETELEM a comunicar al
    cliente el nuevo saldo deudor, el importe de las cuotas o el nuevo
    plazo de amortización, que se calculará de acuerdo con el tipo de
    interés establecido en el contrato.
    CLÁUSULA VI.- OTRAS CLÁUSULAS ADICIONALES.
    a) Las previsiones contenidas en presente anexo no serán aplicables
    a aquellos supuestos no contemplados expresamente en el mismo,
    como, entre otros, la entrega del vehículo por el cliente a CETELEM,
    con anterioridad o posterioridad al vencimiento de la última cuota,
    por no poder hacer frente al pago de las cuotas del préstamo u otras
    circunstancias.
    b) El cliente deberá contratar y mantener, durante toda la vigencia del
    contrato de préstamo, un seguro a todo riesgo. En caso de pérdida
    total del vehículo por cualquier causa, el cliente se obliga a la
    cancelación total del préstamo, de tal forma que en caso de que la
    indemnización de la compañía aseguradora no cubriera el importe
    del préstamo el cliente podrá solicitar la refinanciación de la cantidad
    pendiente de abono si bien dicha refinanciación que estará sujeta a la
    previa autorización de CETELEM.
    c) El cliente se compromete a no vender el vehículo financiado hasta
    que no haya reembolsado la totalidad del préstamo, salvo autorización
    expresa de CETELEM.