problema titular del coche

Tema en 'General Motor' iniciado por pablito_pijo, 13 Sep 2010.

  1. pablito_pijo

    pablito_pijo Forero Activo

    Vehículo/s:
    proCeed 2.0crdi 140cv-Pinzas freno rojas+led matricula,interior+kit xenon 6000º+lunas tintadas
    hola mu buenas a todos.
    necesito que me ayudeis a resolver unas dudas.bien.
    mi padre fallecio hace dos semanas. mi coche. un proceed. estaba puesto a su nombre. el seguro estaba a su nombre y yo (hijo) como segundo conductor.
    mi pregunta es. estoy legal asi?? el seguro lo di de baja antes de ocurrir todo porque era muy caro y me ofrecian mejor. por ese tema no hay problema porque puedo poner a un familiar como titual apra que salga mas barato.
    la duda que tengo es el coche.. si estando asi voy legal. porque si quisiera ponerlo a mi nombre. he oido que tengo q tener testamente o ultimas voluntades.. movidas vamos.. y no teeeengo nada de eso..
    que me recomendais???? un saludo y gracias!!!
     
  2. xkizo

    xkizo Nuevo Forero

    Ubicación:
    mostoles
    Vehículo/s:
    kia pro cee'd 1.6
    Lo mejor que puedes hacer es pasarte por un notario el te dira todo el papeleo que necesitas y cual es la mejor opcion. Yo de temas burocraticos, no entiendo mucho pero con el fallecimiento de mi abuela, en ENERO pasado me he dado cuenta de la cantidad de asustos que se quedan en el aire. Asegurate de no dejar ningun cabo suelto
     
  3. Yau

    Yau Forero Activo

    Ubicación:
    Salamanca
    Vehículo/s:
    Cee'd 1.4 CVVT 90CV
    Aunque existen otras vías, quizas más baratas o menos coñazo, te pongo lo que dice la ley textualmente, lo tienen que heredar los herederos legales y ellos son los que lo pueden vender/transferir posteriormente. Si no tienes hermanos, no tienes problema, si los tienes, ellos tendrían que renunciar a su parte para poder transferirlo a tu nombre o al de otra persona (con su papelito correspondiente)

    Aparte lo típico:

    Permiso de Circulación a nombre del fallecido.
    Ficha Tecnica.
    ITV pasada.
    Recibo de Sello Municipal pagado.

    Necesitas:

    Transmisión provisional.
    Transmisión definitiva.
    El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

    El artículo 609 del Código Civil admite la sucesión testada e intestada como uno de los modos de adquirir la propiedad de un bien.

    Reglamento de Vehículos establece en su artículo 32.6 para la transmisión de un vehículo por fallecimiento de su titular registral.
    1.Transmisión provisional
    Tras el fallecimiento del titular de un vehículo puede darse la circunstancia de que aún no se encuentre determinada la persona que va a ser la adjudicataria definitiva del mismo.

    En este caso, en el plazo de los 90 días siguientes A LA DEFUNCIÓN DEL TITULAR del vehículo, la persona que tenga a su cargo la custodia provisional del mismo debe comunicarlo a la Jefatura de Tráfico de su domicilio legal.

    La documentación que dicha persona debe presentar en la Jefatura es la siguiente: solicitud, DNI, certificado de defunción del titular o libro de familia donde conste el fallecimiento, un documento que acredite la posesión del vehículo, permiso o licencia de circulación, y tarjeta o certificado de características técnicas; asimismo el solicitante debe abonar la tasa correspondiente.

    La Jefatura anotará en el Registro de Vehículos y en el permiso o licencia de circulación la expresión siguiente: “En poder, hasta su adjudicación hereditaria de….(nombre y apellidos del poseedor)”.


    El nuevo poseedor provisional será considerado como sujeto de cuantas obligaciones correspondan al titular del vehículo.
    1.Transmisión definitiva
    El adjudicatario definitivo del vehículo, así designado mediante escritura notarial, debe solicitar la transmisión definitiva del vehículo en el plazo de los 90 días siguientes A LA FECHA INDICADA EN EL DOCUMENTO que le acredite como dicho adjudicatario.


    El solicitante deberá presentar ante la Jefatura de Tráfico toda la documentación propia de una transferencia ordinaria con dos peculiaridades básicas:

    ◦En lugar de presentar la liquidación o exención del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales deberá presentar la liquidación o exención del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
    ◦El adjudicatario debe acreditar dicha condición con declaración de herederos, o testamento acompañado de certificado de últimas voluntades, o cuaderno particional en que conste la adjudicación del vehículo.
    1.El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
    La persona física que adquiera un vehículo por sucesión o por donación no liquida el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales sino el Impuesto de Sucesiones y Donaciones regulado en la Ley 29/87, de 18 de diciembre (BOE 19.12.87).

    El citado Impuesto de Sucesiones y Donaciones es el tributo de naturaleza directa que grava los incrementos patrimoniales obtenidos por las personas físicas a título lucrativo, es decir, a título gratuito.

    Los hechos imponibles de este tributo son, básicamente, dos:
    1.Adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o por cualquier otro título sucesorio.
    1.Adquisición de bienes y derechos por donación o por cualquier otro negocio jurídico a título gratuito e inter vivos.
    Los incrementos patrimoniales obtenidos por las personas jurídicas a título lucrativo NO están sujetos a este tributo sino al Impuesto de Sociedades regulado por RD Ley 4/2004 (BOE 11.03.2004).

    En las adquisiciones por causa de muerte el impuesto se devenga el día del fallecimiento del causante y en las transmisiones lucrativas inter vivos se devenga el día en que se cause o celebre el acto o contrato.


    En las adquisiciones mortis causa están obligados al pago del impuesto los causahabientes y en las donaciones y demás transmisiones lucrativas inter vivos están obligados los donatarios o personas favorecidas por dichas transmisiones.

    Espero haberte ayudado. Saludos.
     
  4. Yau

    Yau Forero Activo

    Ubicación:
    Salamanca
    Vehículo/s:
    Cee'd 1.4 CVVT 90CV
    Aparte de la parrafada de arriba, otro medio sería el siguiente: Como tendrás el DNI de tu padre (que en paz descanse) haces una firmita en los impresos de tráfico y otra en un contrato de compraventa y listo nadie va a decir nada, siempre y cuando lo hagas de acuerdo con los herederos, no vaya a ser que les de por remover el pastel y se pierde más... Pero no aconsejo hacer la transmisión "mortis causa" es mucho mejor "inter vivos".

    Otra manera es gastarte 50 euros en una gestoría y que ellos gestionen el papeleo, y te evitas rollos legales. Saludos.
     
  5. pablito_pijo

    pablito_pijo Forero Activo

    Vehículo/s:
    proCeed 2.0crdi 140cv-Pinzas freno rojas+led matricula,interior+kit xenon 6000º+lunas tintadas
    muy bien yauu tio eres un makina ee estas puesto en el tema.. hacte gestor o algo de eso jejeje. pues soy hijo unico.. asi q espero no tener problemas.
    mañana mismo me paso pro trafico. porque hay que cambiar mi coche de nombre... y el suyo.. q no lo quiero vender. y quiero quedarmelo.. un saxo1.1 asi que muchisimas gracias. ya os dare noticias de lo q vaya pasando. un saludo
     
  6. Yau

    Yau Forero Activo

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    Salamanca
    Vehículo/s:
    Cee'd 1.4 CVVT 90CV
    Jejeje, ya que de mecánica no soy de mucha ayuda y de lo que si me he empapado es de rollos legales, ya que a la hora de comprar el mio, quise ponerlo a nombre de dos titulares, pues me puse al día de la legislación. Ahora que haya suerte en la DGT, que los funcionarios ya se sabe :S y cuentanos como te ha ido, un saludo.
     
  7. 20vvt

    20vvt Forero Experto

    Ubicación:
    Mostoles Madrid!!
    Vehículo/s:
    pro_ceed 2.0 Emotion 143cv Bifuel
    en mi opinion mi coche es mio y esta a mi nombre el seguro no pide la documentacion del coche por lo que no ve quien es el titular si pregunta quien es el titular del coche? quien este asegurado ejemplo coche a mi nombre y seguro a nombre de mi madre, en la poliza pone titular del coche mi madre y conductora mi madre y en el permiso de circulacion del coche mi nombre
     
  8. Yau

    Yau Forero Activo

    Ubicación:
    Salamanca
    Vehículo/s:
    Cee'd 1.4 CVVT 90CV
    Eso no es problema, mi coche está a mi nombre en el permiso de circulación, el seguro como tomador mi pareja, que le sale mas barato, y yo como segundo conductor, el unico problema en esto esque a mi no me cubre algunas cosillas y a ella todas, por ejemplo, en caso de recurrir una multa a ella le cubren gastos y a mi no.
     
  9. pablito_pijo

    pablito_pijo Forero Activo

    Vehículo/s:
    proCeed 2.0crdi 140cv-Pinzas freno rojas+led matricula,interior+kit xenon 6000º+lunas tintadas
    buenooo pues tooodo solucionado... nada resulta que yo figuro como titular del coche!!! porque aparezco en el permiso de circulacion( y yo q sabia) total q nada ya me han asegurado por 550 pavos a terceros ampliados.. asi q nada.. de nuevo mi pepino vuelve amis manos jajaja un saludo a todos y gracias por la ayuda y consejos