Radares de tramo

Tema en 'General Motor' iniciado por Davi_CEED, 19 Jun 2009.

  1. r_extreme

    r_extreme Forero Experto

    Ubicación:
    San sebastian
    Vehículo/s:
    VW Golf VII Rline
    Joder pues si que es comodo, prefiero pagar mas y que no me kiten puntos
     
  2. Txerra

    Txerra Forero Activo

    Ubicación:
    Bizkaia
    Vehículo/s:
    Cee'd sw crdi 2.0
    habra que enterarse bien, pero esta claro que perder puntos es una putada
     
  3. r_extreme

    r_extreme Forero Experto

    Ubicación:
    San sebastian
    Vehículo/s:
    VW Golf VII Rline
    Pos sip, se que kizas sea tarde, pero tengo a 3 compañeros en el arbitraje que son ertzaintzas y creo que uno de ellos es de trafico.

    Haber si por parte de ellos me puedo enterar. Ahi otro arbitro de ACB que he coincidido con el que tambien es ertzaintza, cuando empiece la temporada, le preguntaria.
     
  4. Txerra

    Txerra Forero Activo

    Ubicación:
    Bizkaia
    Vehículo/s:
    Cee'd sw crdi 2.0
    a ver si te dicen algo :p
     
  5. r_extreme

    r_extreme Forero Experto

    Ubicación:
    San sebastian
    Vehículo/s:
    VW Golf VII Rline
    Siento la parrafada pero esto es lo que me han enviado. Kizas lo tengais vosotros tambien...




    Tráfico multará a partir de 121 km/h

    En unas cuantas semanas, circular por encima de 120 km/h en autopistas o autovías
    supondrá una sanción de 100 euros. La reforma de la Ley de Seguridad Vial, que ya se está
    tramitando en el Congreso de los Diputados, terminará con el margen actual que permite
    alcanzar hasta 133 km/h sin que ello suponga una multa.

    El Gobierno ya está tramitando una reforma de la Ley de Seguridad Vial con la que
    revisará el listado de infracciones que restan puntos, unas sanciones que están en vigor
    desde el mes de julio de 2006 cuando entró en funcionamiento el nuevo permiso de
    conducción. Una de las novedades más destacadas es que desaparecerá el margen de 13
    km/h que hasta ahora permitía circular por una autopista o una autovía con la velocidad
    limitada a 120 km/h .

    Actualmente, si un conductor es detectado por un radar circulando con su vehículo entre
    121 y 133 km/h no es sancionado. En poco tiempo, ya no será así. Cuando entren en vigor
    los cambios en la Ley de Seguridad Vial, los radares de autopistas y autovías multarán a
    todo aquel vehículo que transite a más de 120 km/h . La cuantía de esta sanción se sitúa en
    100 euros, aunque no restará puntos.

    La reforma también supondrá que determinadas infracciones que ahora restan puntos
    dejen de hacerlo. Son aquellas que la Dirección General de Tráfico (DGT) considera que no
    tienen una incidencia importante en la mortalidad en las carreteras. Así, ya no quitará
    puntos circular por autopistas y autovías con vehículos que lo tengan prohibido, como es
    el caso de los ciclomotores, llevar en los vehículos más ocupantes de lo permitido y
    aparcar o estacionar en un carril bus, un túnel o una curva.

    Todas ellas pasarán a ser faltas graves y aunque no quiten puntos del carné sí supondrán
    una multa de 200 euros. Además de endurecerse las sanciones por pequeños excesos de
    velocidad en vías con el límite situado en 120 km/h , circular rápido en tramos urbanos
    será más perseguido. De esta forma, conducir a 80 km/h en ciudad, donde el máximo
    permitido es 50 km/h , pasará de suponer una sanción de 100 euros a otra de 300 euros y 2
    puntos menos.

    MATRÍCULAS LEGIBLES

    Otra de las sanciones que se modificarán es aquella que se refiere a las matrículas. A partir
    del momento en que entre en vigor la reforma de la Ley de Seguridad Vial, los
    conductores de motocicletas, coches, camiones y furgonetas tendrá la obligación de
    mantener las placas de matrícula limpias y legibles. El objetivo es impedir que se
    modifiquen o se oculten las matrículas para evitar los radares.

    Si algún conductor es detectado con la matrícula ilegible a propósito, será sancionado con
    200 euros de multa y su permiso tendrá cuatro puntos menos. En la actualidad, esta
    infracción no restaba puntos. También se descontará cuatro puntos a todo aquel que
    circule con el carné de conducir temporalmente retirado. Además, el uso de detectores de
    radares pasará a restar 6 puntos (2 hasta ahora), mientras que quien no mantenga la
    distancia de seguridad verá mermado su saldo en 4 puntos, uno más que en la
    actualidad.


    Las modificaciones en el texto legal persiguen, asimismo, que los conductores paguen
    todas las multas, porque ahora más del 30% no llega a cobrarse jamás. Para ello, la DGT
    apuesta por el pronto pago, que conllevará una rebaja del 40% de la sanción, un 10% más
    que a día de hoy, siempre que el infractor renuncie a las alegaciones y abone la multa en
    15 días.