Esto es lo que dice el "Anexo Flexiplan KIA" sobre el tema...
4. PAGOS PARCIALES Y ENTREGA ANTICIPADA DEL VEHÍCULO
En el supuesto de que el/los Prestatario/s efectúe/n pagos anticipados respecto del Contrato de Financiación, se pacta expresamente que los mismos sean imputados a la reducción, hasta donde proceda, de los plazos debidos bajo el Contrato de Financiación a excepción del importe del último plazo, que permanecerá inalterado.
Lo que no me queda muy claro es lo que significa eso de "imputados a la reducción de los plazos". Entiendo que puedes amortizar capital sin tocar la última cuota (el famoso VFG) y que la deducción se hace en plazos, no en cuota, por lo que acortas el tiempo de financiación. Ahora mismo no me lo estoy planteando, pero es algo que se debería consultar a los "amables" señores de Santander Consumer.