Mucho cuidado con Cetelem. El seguro, como ya he aclarado en otros comentarios, NO ES OBLIGATORIO: Ley 26/2006 de mediación de seguros y reaseguros privados, artículo 5.2 e) “Los mediadores de seguros y de reaseguros privados no podrán imponer directa o indirectamente la celebración de un contrato de seguro” . Y si aun así te colocan el seguro, digamos, con malas artes: Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, artículo 83 a) 1. "El tomador del seguro en un contrato de seguro individual de duración superior a seis meses que haya estipulado el contrato sobre la vida propia o la de un tercero tendrá la facultad unilateral de resolver el contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna dentro del plazo de 30 días siguientes a la fecha en la que el asegurador le entregue la póliza o documento de cobertura provisional."
Nunca se discute en estos casos. Buscar en el contrato, allí debe figurar dónde y a quién dirigir la comunicación de desistimiento. Lo más aconsejable tratándose de determinadas "financieras" es enviar un burofax. Parece muy farragoso, pero es muy sencillo. Acudir a la OMIC más próxima y os ayudaran. Podéis utilizar el modelo de desistimiento que publiqué paginas atrás. Creo que es el mismo que recoge un compi más arriba. Sólo tenéis que cambiar la entidad (Cetelem), el NIF y poco más. Yo, con el Santander, no tuve ningún problema, pero, como he dicho, cuidado con Cetelem. Por cierto, ¿qué interés os han puesto por financiar con Cetelem? Quizá sea ésa la razón del cambio de financiera.
Termino. No tenéis nada que hablar con el concesionario. Que no os mareen. Vosotros debéis dirigiros a vuestra financiera y/o aseguradora.
Última edición: 13 Jul 2016
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